miércoles, 30 de abril de 2014

Conforme al nuevo criterio jurisprudencial no es susceptible de casación la impugnación de las relaciones de puestos de trabajo de los funcionarios de la Administración del Estado

Declara el TS inadmisible el recurso de casación interpuesto contra la RPT del personal funcionario de las Gerencias del Catastro del Ministerio de Hacienda, pues rectifica la jurisprudencia precedente en el sentido de que las RPT deben considerarse a todos los efectos como acto administrativo y no como disposición de carácter general, por lo que su impugnación no puede acceder a la casación.



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