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viernes, 21 de octubre de 2016
Pensiones: no compatible pensión y sueldo de funcionario
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El TS reconoce a los sobrinos políticos la reducción por parentesco en el Impuesto de Sucesiones
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EXTREMADURA: Convocatoria de actividades formativas pertenecientes al Plan de Formación Local 2016 de la Escuela de Administración Pública de Extremadura dirigido a los empleados públicos de la Administración Local
Plan de Formación de la Escuela de Administración Pública. Administración Local.- Resolución de 17 de octubre de 2016, de la Dirección General de Función Pública, por la que se realiza la convocatoria de actividades formativas pertenecientes al Plan de Formación Local 2016 de la Escuela de Administración Pública de Extremadura dirigido a los empleados públicos de la Administración Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (DOE 21/10/2016)
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jueves, 20 de octubre de 2016
La Inspección de Trabajo se pone seria con las horas extras (Cinco días)
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El fantasmal Reglamento disciplinario de 1986
Por José Ramón Chaves García
El Reglamento de Régimen Disciplinario de la administración del Estado, aprobado por RD 33/1986, de 10 de Enero, recoge el procedimiento y tipificación de faltas disciplinarias en muy graves, graves y leves, dándose la paradoja de que el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) solo tipifica las muy graves (con silencio respecto de menos graves y leves), aunque declara el principio de reserva legal.
Ante esta situación sigue manteniendo actualidad la alarmante situación de un importantísimo Reglamento cuyo ámbito natural de aplicación y destinatarios es el de la administración del estado y administración local, junto funcionarios de entes dependientes de los mismos, sin olvidar su aplicación supletoria para la administración autonómica. Sin embargo, existe y subsiste la división de criterios de las Salas de los Tribunales Superiores de Justicia sobre una cuestión crucial que brotó hace seis años y todavía no se ha solventado ( momento en que comenté el caso y mi particular opinión bajo el título “muerte y resurrección del reglamento disciplinario estatal”).
Se trata nada más ni nada menos de la cuestión de si la tipificación de faltas graves y leves del reglamento disciplinario ha sido derogada por el EBEP con el consiguiente vacío legal, o si por el contrario subsiste vigente hasta que en el futuro se establezcan otras diferentes por norma con rango de ley. La primera tesis ( derogación) es la que mantiene la Sala de lo contencioso-administrativo de Valencia, pudiendo citar la reciente Sentencia de de 5 de Julio de 2016 (rec.305/2013), y la segunda tesis – mayoritariamente seguida por las restantes Salas- es la que mantiene por ejemplo, la Sala de lo contencioso-administrativo de Madrid, pudiendo citar la reciente Sentencia de 4 de Marzo de 2016(rec.643/2015).
Ambas posiciones judiciales están seriamente razonadas, pero de seguirse la tesis derogatoria no podrán imponerse sanciones por infracciones graves y leves hasta que una ley formal las tipifique ( lo que con la fortaleza del gobierno que vivimos, es poco menos que un utopía), y de seguirse la tesis de su vigencia, tales sanciones contarán con amparo legal.
Creo que estamos ante una situación que merece pronta resolución y dado que no parece que se apruebe una ley formal estatal a corto plazo solucionando del problema, me temo que es un buen asunto para que la Sala de lo Contencioso-admininistrativo del Tribunal Supremo estrene el flamante y recién estrenado recurso de casación y aprecie “interés casacional” porque si no lo tiene esta cuestión en que se trata de una pura cuestión jurídica de inmensa importancia, no sé cual la puede tener.
Fuente: delajusticia.com
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miércoles, 19 de octubre de 2016
IV Congreso sobre innovación tecnológica y Administración Pública “La reforma de la Administración electrónica: una oportunidad para la innovación desde el Derecho”
Los días 20 y 21 de octubre de 2016, se celebrará en el Aula Magna del Instituto Nacional de Administración Pública el “IV Congreso sobre innovación tecnológica y Administración Pública”. Este evento forma parte del proyecto de investigación, “La reforma de la Administración Electrónica: una oportunidad para la innovación desde el Derecho”, en el marco de la Convocatoria permanente para la contratación de proyectos de investigación del INAP, y que coordina el profesor de la Universidad de Castilla-La Mancha, Isaac Martín Delgado.
LA REFORMA DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: UNA OPORTUNIDAD PARA LA INNOVACIÓN DESDE EL DERECHO
PROGRAMA
Jueves, 20 de octubre
9.30 h. Inauguración y presentación del Congreso: La reforma de la Administración electrónica
D. Manuel Arenilla,
Director del Instituto Nacional de Administración Pública
D. Isaac Martín
Profesor Titular de Derecho Administrativo e IP del Proyecto de Investigación “La reforma de la Administración electrónica: una oportunidad para la innovación desde el Derecho”
10.00 h. Bloque I: Políticas públicas, Derecho y Administración electrónica
La importancia del diseño y evaluación de políticas públicas de implantación de la Administración electrónica. En particular los servicios públicos digitales
Ponentes:
D. Ignacio Criado,
Profesor Contratado Doctor de Ciencia Política de la Universidad Autónoma de Madrid y Co-fundador de Novagob
D. Antonio David Berning,
Investigador del Departamento de Derecho Administrativo de la Universidad Pablo Olavide de Sevilla
Comentaristas:
D. Juan Miguel Márquez,
Responsable de Análisis de Políticas Públicas del ONSTI en Red.es
D. Fernando de Pablo,
Asesor de la Oficina para la Ejecución de la Reforma de la Administración. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Participación electrónica y elaboración de normas
Ponente: D. Luis Arroyo,
Profesor Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Castilla-La Mancha
Comentarista: D. Andrés Boix,
Profesor Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Valencia
12:30 h. Bloque II: La Administración electrónica en la práctica: algunas experiencias de éxito
A nivel provincial: El proyecto de implantación de la Administración electrónica en la Diputación de Ciudad Real,
D. Luis de Juan Casero Vicesecretario General de ¡a Diputación de Ciudad Real
A nivel autonómico: El modelo de Administración electrónica de Cataluña,
D. Manel Sanromá,
Director gerente del Consorcio de la Administración Abierta de Cataluña
A nivel estatal: El Centro de Transferencia de Tecnología de la Administración General del Estado,
Pendiente de confirmación
16.00 h. Bloque III: Visión jurídica de los aspectos tecnológicos
Interoperabilidad en la Administración electrónica
Ponente: D. Eduardo Gamero,
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Pablo Olavide de Sevilla.
Comentarista: Dña. Ascen Moro,
Responsable de la Unidad de Gestión del Conocimiento y Calidad del Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat
La regulación de la tecnología: la superación del modelo papel como elemento de transformación digital innovadora
Ponente:
D. Ignacio Alamillo,
Director General de Astrea, abogado y auditor
Comentarista: D. Aitor Cubo,
Subdirector General de Impulso de la Administración Digital y Servicio al Ciudadano. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
18.00 h. Experiencias de Derecho Comparado y Presentación de comunicaciones
Viernes, 21 de octubre
9.30 h. Bloque IV: Algunos aspectos sustantivos de la Administración electrónica
El uso de los medios electrónicos en la contratación pública
Ponente: D. Rubén Martínez,
Profesor Contratado Doctor (Ac. Titular) de Derecho Administrativo de la Universidad de Alicante
Comentarista: Dña. Isabel Gallego,
Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Castilla-La Mancha
Transparencia y Administración electrónica
Ponente:
D.Lorenzo Cotino,
Profesor Titular de Derecho Constitucional (Ac. Catedrático) de la Universidad de Valencia
Comentarista: D. Ricard Martínez,
Jefe del Servicio de Transparencia de la Diputación de Valencia
Reutilización de la información del sector público, acceso a la información y Administración electrónica
Ponente: D. Julián Valero,
Profesor Titular (Ac. Catedrático) de Derecho Administrativo de la Universidad de Murcia
Comentarista:
Dña. Concepción Campos,
Secretaria de Gobierno Local del Ayuntamiento de Vigo
13.00 h. Conferencia de Clausura: Nuevas perspectivas de la Administración electrónica
Pendiente de confirmación
Inscripciones y más información en cde@uclm.es
Fuente: FEMP
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GALICIA: Curso superior sobre las leyes 39/2015 y 40/2015 del procedimiento administrativo común (LPAC) y del régimen jurídico del sector público (LRJSP)
RESOLUCIÓN de 11 de octubre de 2016 por la que se convoca el Curso superior sobre las leyes 39/2015 y 40/2015 del procedimiento administrativo común (LPAC) y del régimen jurídico del sector público (LRJSP) (DOG 19/10/2016)
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GALICIA: Curso superior sobre transparencia, buen gobierno y datos públicos
RESOLUCIÓN de 7 de octubre de 2016 por la que se convoca el Curso superior sobre transparencia, buen gobierno y datos públicos (DOG 19/10/2016)
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ARAGÓN: Cursos de formación del Instituto Aragonés de Administración Pública
RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2016, del Director del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se convocan diversos cursos de formación correspondientes al año 2016 (BOA 19/10/2016)
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martes, 18 de octubre de 2016
La implementación de la Administración electrónica en las nuevas leyes
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Para tener por interrumpido el plazo de prescripción para liquidar, las dilaciones indebidas del obligado tributario tienen que impedir a la Inspección continuar con sus actuaciones de comprobación e investigación
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La transparencia en los procesos selectivos (blog Miguel Ángel Blanes)
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Expertos estudiarán el encaje legal del fallo europeo sobre los interinos
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Un comité de expertos propondrá cambios legales por el fallo de los interinos
La comisión, elegida por el Gobierno en funciones, patronal y sindicatos, dispone de un mes
A falta de un gobierno con plenas funciones, los cambios normativos para amoldarse a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre los interinos quedan, de momento, en manos del criterio de un comité de seis expertos que serán escogidos por el Ministerio de Empleo, la patronal y los sindicatos mayoritarios. Así lo acordaron anoche la ministra de Empleo en funciones, Fátima Báñez, los presidentes de CEOE y Cepyme, Juan Rosell y Antonio Garamendi, y los secretarios generales de CC.OO. y UGT, Ignacio Fernández Toxo y Josep Maria Álvarez. Este comité dispone, según explicaron todas las partes, de un mes para evaluar el impacto del fallo comunitario y del posterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que fijan la equiparación de la indemnización de los interinos –ahora no tienen– con el de los fijos, así como su propuesta de encaje en la legislación laboral española.
Báñez insistió en que se trata de “buscar una solución consensuada” y de “avanzar” el trabajo para “el gobierno que llegue”, continúe con el objetivo de “seguir manteniendo el crecimiento del empleo”. La ministra en funciones adelantó además que la próxima semana se reunirá la comisión de recursos humanos del ámbito de la sanidad para abordar, junto a las comunidades autónomas, el impacto de esta sentencia en el sistema nacional de salud –con una fuerte presencia de interinos–. El objetivo que se plantea sería reducir la tasa de interinos en el sector.
Desde la patronal saludaron la creación del comité de expertos –con dos miembros a propuesta del ministerio y otros tantos de los empresarios y sindicatos– como una oportunidad para tomar “una pausa” para analizar el problema y “tener una visión conjunta”. Juan Rosell se quejó de que “la legislación no es del todo concreta” y adelantó que cuentan con una evaluación sobre el impacto económico de “igualar” a todos los temporales, pero aseguró que no la harán pública hasta que “no hablen los expertos”. Para el presidente de la CEOE, la adaptación de la legislación “puede esperar” a una reforma más amplia: “Es un fuego que está quemando”.
Por su parte, los líderes de CC.OO. y UGT señalaron que este comité no paraliza su apoyo jurídico a los temporales que, al ver extinguido su contrato quieran reclamar ante la justicia una indemnización. Además restaron relevancia al coste de la aplicación de una compensación para todo tipo de temporales, tanto en la Administración como en la empresa privada. “No es descabellado plantearse la conversión en fijos de los interinos de la administración pública”, aseguró Fer-nández Toxo, para añadir que los 17 millones de contratos temporales firmados en el 2015 duraron de media apenas 53 días. Mientras, Álvarez advirtió de que los cambios normativos no han de suponer en ningún caso una “pérdida de los derechos” adquiridos en las últimas decisiones de los tribunales.
En la reunión de ayer entre Empleo y los agentes sociales, también trataron la ampliación de los beneficiarios del programa para parados de larga duración sin prestación y con cargas familiares así como el impulso del Pacto de Toledo y del Fondo de Garantía Juvenil, cuestiones que, como ocurre con las resoluciones sobre los interinos no podrán abordarse hasta que haya un nuevo gobierno.
La sentencia del TJUE que la semana pasada asumió la justicia madrileña establece que no existen “razones objetivas” que justifiquen una diferencia de trato entre trabajadores interinos y trabajadores con contrato fijo en cuanto a las indemnizaciones que deben percibir cuando finaliza su relación laboral. El debate se plantea sobre si esta equiparación en la compensación ha de alcanzar también a otros asalariados temporales.
Desde que se conoció la sentencian del TJUE, el Gobierno en funciones ha defendido que la falta de encaje de la legislación con el fallo europeo se solventaría con la adopción de una indemnización progresiva para los temporales, tal y como acordaron en el último pacto de investidura con Ciudadanos.
Fuente: La Vanguardia
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