viernes, 22 de noviembre de 2019

DECRETO 179/2019, de 19 de noviembre, sobre normalización del uso institucional y administrativo de las lenguas oficiales en las instituciones locales de Euskadi.

BOPV de hoy. El objeto de esta norma es la regulación de los usos institucionales y administrativos del euskera y

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La FEMP reclama normativas que reconozcan el papel de Estado de los Gobiernos Locales y su peso en la vertebración social

Se ha celebrado el celebrado el homenaje al Municipalismo

El Presidente de la FEMP, Abel Caballero, ha demandado esta mañana para los Gobiernos Locales la normativa, competencias y financiación que requieren los Gobiernos Locales españoles en la actualidad, cuarenta años después del 3 de abril de 1979, fecha de las primeras elecciones municipales celebradas en el marco de la Constitución de 1978. “Seguimos reclamando competencias para poder atender a la gente”, ha asegurado el Presidente de la FEMP, y “el recorrido ha sido difícil”, porque a día de hoy “aun no hemos alcanzado ese objetivo de gasto de 50-25-25” planteado hace cuatro décadas.

Caballero ha reconocido avances relevantes, como el hecho de “ser recibido por un Presidente del Gobierno en pie de igualdad con las Comunidades Autónomas”, pero ha reclamado ir más allá: “cuando se aborde la reforma de la Constitución queremos que se reconozca a los municipios como somos. Queremos que ahí se reconozca nuestro papel y acción”.

El Presidente de la Federación se ha referido a la política local como “política total” y ha calificado a la Administración Local como la más cumplidora a la luz de sus resultados en deuda, déficit y regla de gasto. “Tenemos detrás 40 años de democracia local. Por delante toda o nuestro empeño y toda nuestra pasión por la política” porque, señaló “nuestra política es pasión”.

Por su parte, el Ministro de Política Territorial y Función Pública en funciones, Luis Planas, ha destacado el papel de los Ayuntamientos como escuelas de democracia y ciudadanía y “cantera de la clase política de nuestro país, esenciales para el funcionamiento de nuestro sistema político”. Planas ha recordado que el poder local ha sido el que ha dado soluciones y ocupado “la primera línea en momentos de crisis y desesperanza evitando el desgarro social”.

Los Ayuntamientos son, a su juicio, piezas fundamentales en el sistema democrático: “Si nuestra democracia es hoy una democracia plena, lo es porque el mundo local ha mantenido los valores de confianza y convivencia y el hilo con los ciudadanos”, aseguró, subrayando además el compromiso del Ejecutivo en la modificación del marco legislativo actual “para reforzar la capacidad de los poderes locales”.

Para el Presidente del Senado, Manuel Cruz, la democracia nació pensando en las ciudades, y “ahora se sustenta en el Gobierno Local, en el más cercano, el lugar en el que palabras como igualdad o solidaridad se hacen tangibles, donde hacemos nuestros proyectos de vida”. Por eso, manifestó es fundamental preservar los municipios: “Si no salvamos a ciudades y pueblos no nos salvamos. Salvar los pueblos es potenciar la democracia y por eso tenemos un deber especial con los Ayuntamientos más pequeños, los que se vacían. La España vaciada nos pone ante otra forma intolerable de desigualdad que hemos de revertir”. En este sentido, reclamó la solidaridad de las grandes ciudades con las más pequeñas, y de éstas, a los pequeños pueblos, “y es ahí donde el Senado tiene mucho que aportar”.

Homenaje al Municipalismo

Dieciséis de los 22 Alcaldes que lo han sido de manera ininterrumpida a largo de los 40 años transcurridos desde 1979, y que lo siguen siendo; cuatro del centenar de mujeres que fueron elegidas Alcaldesas en aquellas elecciones municipales; el joven de 19 años que en la actualidad es el Alcalde más joven de España; un Alcalde y una Alcaldesa nacidos en el año de aquellas elecciones; la primera Alcaldesa de una gran ciudad; o quienes ocupan la Presidencia de dos Diputaciones han recibido hoy en el Antiguo Salón de Plenos del Senado el reconocimiento por su contribución al desarrollo del movimiento municipalista en España. En el transcurso del Acto de Homenaje al Municipalismo, al que han asistido más de 200 personas, el Presidente de la FEMP, Abel Caballero, el Ministro de Política Territorial y Función Pública en funciones, Luis Planas, y el Presidente del Senado, Manuel Cruz, han hecho entrega de medallas y diplomas

Alcaldes decanos que han recibido homenaje

José Luis Seguí Andrés, Alcalde de Almudaina (Alicante)

José Antonio González González, Alcalde de Bercero (Valladolid)

Juan Manuel Díaz López, Alcalde de Berzosilla (Palencia)

Claudino García Martín, Alcalde de Cantiveros (Ávila)

Cecilio Lera Blanco, Alcalde de Castroverde de Campos (Zamora)

Faustino González Miguel., Alcalde de Cuenca de Campos (Valladolid)

Jaume Pascual Pascual, Alcalde de L’Alquería D’Asnar (Alicante)

José Luis Rico Hernández, Alcalde de Marzales (Valladolid)

Ignacio Gordón Boza, Alcalde de Matillas (Guadalajara)

Evaristo Domínguez Dosal, Alcalde de Meruelo (Cantabria)

José Antonio Pérez Cortés, Alcalde de Quintela de Leirado (Ourense)

Francisco Manuel Asón Pérez, Alcalde de Ribamontán al Mar (Cantabria)

Carlos Rivera Rivera, Alcalde de Torremocha de Jarama (Madrid)

Pere Moradell Puig, Alcalde de Torroella de Fluviá (Girona)

Luis Partida Brunete, Alcalde de Villanueva de la Cañada (Madrid)

Salvador Pérez Abad, Alcalde de Villarroya (La Rioja)

Alcaldesas elegidas en 1979 que han recibido homenaje en representación de las 100 mujeres que alcanzaron Alcaldías en aquellas primeras elecciones

Felisa Blanco Marín, fue Alcaldesa de Almendral (Badajoz), una de las siete primeras alcaldesas extremeñas. Su actividad municipalista, además, ha estado muy vinculada a la FEMP a través de sus Comisiones de Trabajo.

Maria Soledad Bujanda Pellejero, fue Alcaldesa de Moreda de Álava (Álava), y fue una de las cuatro primeras Alcaldesas de Euskadi, la primera de la Rioja Alavesa.

Rosa Martí i Conill fue elegida Alcaldesa del Ayuntamiento barcelonés de Parets del Vallés y hoy es Concejala de Urbanismo, Medio Ambiente y Bienestar Animal. Sigue, por tanto, en activo

Celestina Elena Sánchez González, fue Alcaldesa de Val de San Vicente (Cantabria). Allí, hace 40 años, la recién elegida Alcaldesa democrática tuvo que escribir un oficio para que su antecesor dejará de ocupar el despacho que ya era el de ella.

Otros homenajeados

Clementina Ródenas, primera mujer Alcaldesa de una capital de provincia, Valencia en 1989

Jaime Gutiérrez Gil, de 19 años, Alcalde de Arroyo de las Fraguas (Guadalajara), Alcalde más joven de España

Carmela Silva, Presidenta de la Diputación de Pontevedra, y Miguel Angel de Vicente, Presidente de la Diputación de Segovia, en reconocimiento del trabajo que realizan Diputaciones, Cabildos y Consejos Insulares

Fotografías del acto 

Fuente: FEMP



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jueves, 21 de noviembre de 2019

El TSJN rechaza anular plazas de profesor de enseñanza sin determinación de centro y localidad

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha rechazado la nulidad solicitada por un sindicato de vacantes de profesor de enseñanza secundaria sin determinación de centro educativo y localidad y con exigencia de euskera.

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GALICIA: Convocatoria de la III Jornada de formación práctica digital

RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2019 por la que se convoca, en el marco de la iniciativa Universo EGAP Innova, la III Jornada de formación práctica digital (E-martes) (DOG 21/11/2019)

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miércoles, 20 de noviembre de 2019

El Tribunal Supremo avala la reducción de horas lectivas de Religión en Educación Primaria en la Islas Baleares

El alto tribunal revoca la sentencia dictada el 17 de enero de 2018 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, que había anulado el artículo 4 de la Orden del Conseller de Educación y Universidad del Gobierno balear, de 23 de mayo de 2016, por la que se desarrolló el currículo de Educación Primaria en el ámbito de Baleares.

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Consulta de la Semana: Rendición de Censo Enfitéutico

CONSULTA

RENDICIÓN DE CENSO ENFITÉUTICO

Se ha recibido una solicitud de rendición de censo enfitéutico. Esta solicitud la presenta un señor que acredita ser titular del 100 % dominio útil en una suerte de tierra de labor y pastos (rústica). Esta finca es de caudal de Propios de esta ciudad, según consta en su inscripción registral, corroborada en consulta de confirmación al Registro de la Propiedad.

La pretensión de este señor es dar fin al derecho constituido sobre la finca por parte del Ayuntamiento de manera que pueda inscribirse el pleno dominio, previa liquidación que corresponda por el pago de la pensión obligada.

Las dudas que nos surge es:

-   ¿Con la rendición del censo quien adquiere el pleno dominio de la finca  el Ayuntamiento o este señor?

-   Si no tenemos datos del valor de la finca cuando se estableció el censo ni del importe de la cuota anual, ¿Cómo se puede obtener una valoración que pueda ser proporcional y equitativa?

 

RESPUESTA

1.- Ideas Generales.- El artículo 1605 del Código Civil señala que estamos ante un censo enfitéutico en el caso que una persona física o jurídica, titular del inmueble (en este caso el Ayuntamiento) cede a otra (que sería el titular del derecho de enfiteusis), el dominio útil de una finca, reservándose el titular de la finca, el dominio directo, con el derecho a percibir del enfitéutico (titular del derecho de enfiteusis, el pago de una pensión anual en reconocimiento de este mismo dominio.

Según el artículo 1628 del Código Civil, el censo enfitéutico solo puede establecerse sobre bienes inmuebles y en escritura pública, lo que tiene carácter de requisito esencial. Y en su constitución, según el artículo 1629, se deberá fijar en el contrato, bajo pena de nulidad, el valor de la finca y la pensión anual que haya de satisfacerse. Por esta razón el Ayuntamiento deberá explorar la posibilidad, si no está conforme con la redención del censo, del ejercicio de la acción de nulidad.

2.- ¿Con la rendición del censo quien adquiere el pleno dominio de la finca, el Ayuntamiento o el señor?

Existen dos posibilidades de recuperar la finca para un solo titular, como son la redención y el comiso. La redención, según lo dispuesto en los arts. 1608 a 1612 del Código Civil, la ejercita el titular del derecho de enfiteusis, a través de la adquisición plena de la finca y no compartida, mediante abono al dueño directo del valor de su derecho.

Para llevar a efecto la redención, el censatario deberá avisarlo al censualista con un año de antelación, o anticiparle el pago de una pensión anual. Los gastos que se ocasionen para la redención y liberación del censo serán de cuenta del censatario, salvo los que se causen por oposición temeraria a juicio de los Tribunales.

De acuerdo con el artículo 1651 del Código Civil la redención del censo enfitéutico consistirá en la entrega en metálico y de una vez, en este caso al Ayuntamiento, del capital que se hubiera fijado como valor de la finca al tiempo de constituirse el censo, sin que pueda exigirse ninguna otra prestación, a menos que fuera estipulada.

El Ayuntamiento como titular del inmueble, de acuerdo con el artículo 1648 del Código Civil, podrá reclamar la devolución de la finca por alguna de las dos causas siguientes:

  • Por falta de pago de la pensión durante tres años consecutivos.
  • Si el enfiteuta no cumple la condición estipulada en el contrato o deteriora gravemente la finca.

No obstante hay que tener en cuenta que el art. 1650 del Código Civil permite al enfitéutico librarse del comiso, redimiendo el censo y pagando las pensiones vencidas dentro de los 30 días al vencimiento de pago o emplazamiento de la demanda.

3.- ¿Si no tenemos dato del valor de la finca cuando se estableció el censo ni del importe de la nota anual, ¿Cómo se puede obtener una valoración que pueda ser proporcional y equitativa?

Según el art. 1651 del Código Civil la redención se producirá por la entrega en metálico y de una vez, al dueño, es decir al Ayuntamiento, del capital que se hubiera fijado como valor de la finca al tiempo de constituirse el censo, sin que pueda exigirse otra prestación, a menos que haya sido estipulada.

Si el Ayuntamiento no opta por la declaración de nulidad del censo enfiteutico y no está fijada la cantidad habrá que plantearse a que criterio puede acudirse.

El Tribunal Constitucional en relación con el art. 33 de la CE que recoge que nadie puede ser privado de sus bienes y derechos sino por causa de utilidad pública o interés social mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes, viene manteniendo “la flexibilidad y plasticidad actual del dominio que se manifiesta en la existencia de diferentes tipos de propiedades dotadas de estatutos jurídicos diversos”.

La sentencia civil 38/2010, de 22 de noviembre del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña señala que como consecuencia de lo anterior, la interpretación de las normas jurídicas debe hacerse de acuerdo con su tenor literal, que ha de operar en relación con el contexto, lo antecedentes históricos y legislativos y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquéllas, estableciendo a efectos del valor de la finca, para los derechos de los censualistas, en base a la legislación catalana, el asignado por el Catastro.  

Pero para el caso de Comunidades Autónomas distintas de la Catalana, entendemos que sería de aplicación, por analogía y por su carácter objetivo y respeto a la función social de la propiedad el régimen de valoraciones previsto en el art. 34 y ss. del TRLSRU y en el Real Decreto 1492/2011 de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Valoraciones de la Ley de Suelo.

El art. 34 del TRLSRU fija el ámbito del régimen de valoraciones haciéndolo extensible a la fijación del justiprecio en la expropiación cualquiera que sea la finalidad de esta y la legislación que motive. Igualmente están dentro de este ámbito la fijación del precio a pagar al propietario en la venta o sustitución forzosa.

Si consideramos que la redención del censo enfiteutico tiene que ser aceptado obligatoriamente por el titular directo de la propiedad, que es el Ayuntamiento, es claro que se asimile a una enajenación forzosa de la propiedad, aunque en sentido contrario, al ser el Ayuntamiento quien tendría que soportar la enajenación forzosa.

Se trata por ello de la aplicación de un criterio objetivo, imparcial y que se acerca lo más posible al valor del mercado y que no tiene problemas para su aplicación por analogía, propiciado por el art. 3.1 del Código Civil que establece que “la interpretación de las normas jurídicas debe hacerse de acuerdo con su tenor literal, que ha de operar en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquéllas”.

               

                                                                                              Venancio Gutiérrez Colomina

 



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martes, 19 de noviembre de 2019

La responsabilidad social en las administraciones públicas, con especial referencia a la Comunitat Valenciana

El presente trabajo analiza la aplicación de la responsabilidad social en la gestión diaria de las Administraciones públicas, su inclusión en los principios rectores que rigen la actividad de la misma y en las acciones responsables que las Administraciones deben llevar a cabo en los distintos sectores de la vida en los que inciden, como son la educación, la investigación, la cultura, el deporte, el consumo de productos y servicios socialmente responsables, las políticas inclusivas, el empleo, la protección del medio ambiente y la cooperación al desarrollo. En concreto, en la Comunitat Valenciana se ha aprobado la Ley 18/2018, de 13 de julio, para el fomento de la responsabilidad social, que tiene por objeto regular no sólo estas cuestiones, sino también, la promoción de la responsabilidad social en las empresas a través de la concesión de ciertos incentivos y reconocimientos.

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La FEMP celebrará en el Senado cuatro décadas de municipalismo El jueves 21 de noviembre se celebrará el homenaje a Alcaldes y Alcaldesas de 1979 El próximo jueves 21 de noviembre, a partir de las 11.30, el Antiguo Salón de Sesiones del Senado de España

La FEMP celebrará en el Senado cuatro décadas de municipalismo

El jueves 21 de noviembre se celebrará el homenaje a Alcaldes y Alcaldesas de 1979

El próximo jueves 21 de noviembre, a partir de las 11.30, el Antiguo Salón de Sesiones del Senado de España acogerá la celebración del Homenaje al Municipalismo, el acto con el que la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) pone broche final a las conmemoraciones del 40 Aniversario de las Elecciones Municipales de 1979.

El Presidente del Senado, Manuel Cruz; el Ministro de Política Territorial en funciones, Luis Planas; y el Presidente de la FEMP, Abel Caballero, encabezarán este evento al que están convocados los Alcaldes decanos, que de forma ininterrumpida han ocupado las Alcaldías de sus municipios desde las elecciones de 1979 y que fueron reelegidos en las elecciones municipales del pasado 26 de mayo, y también una representación del casi centenar de Alcaldesas que fueron elegidas en aquellos Comicios.

Todos ellos serán homenajeados, al igual que la primera mujer que ocupó la Alcaldía de una capital de provincia, munícipes nacidos en 1979, el Alcalde más joven de España y dos Presidentas de Diputación en reconocimiento al trabajo de las instituciones provinciales e insulares a lo largo de estas cuatro décadas.

Dossier Informativo

El Senado acoge en la mañana del 21 de noviembre un Acto de Homenaje al Municipalismo con motivo de los 40 años transcurridos desde las Elecciones Municipales de 1979. Fueron las primeras celebradas al amparo de la Constitución Española de 1978, las que permitieron alumbrar Gobiernos Locales democráticos y sentar las bases de lo que hoy son Administraciones plenamente consolidadas en nuestro país.

La Federación Española de Municipios y Provincias, FEMP, ha organizado este acto a modo reconocimiento directo hacia aquellas personas que, con altura de miras y compromiso personal y social, fueron elegidas por la ciudadanía para el gobierno de sus territorios el 3 de abril de 1979. El Acto de Homenaje al Municipalismo cierra en el Senado el capítulo de eventos desarrollados por la Federación a lo largo de 2019 para conmemorar este aniversario, un capítulo que vivió su momento cumbre el pasado mes de julio con la entrega a S.M. el Rey de la Llave de Oro del Municipalismo y el bastón de mando conmemorativo.

¿Qué se reconoce?

El día 21 se reconoce el trabajo de cuarenta años que ha permitido consolidar el municipalismo y la democracia local. El desarrollo de ese trabajo fue posible por el establecimiento de un marco constitucional, el de 1978, que vino a garantizar la autonomía de los municipios, y a establecer un sistema de elección de Concejales “por los vecinos del municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, en la forma establecida por la ley”.

Estas consideraciones tomaron forma en las elecciones municipales de abril de 1979. Y quienes resultaron elegidos para componer aquellos Gobiernos fueron los primeros en avanzar por un camino de consolidación que ahora, en 2019, se plasma en Ayuntamientos, Diputaciones, Cabildos y Consejos Insulares que son Estado.

¿A quiénes se dirige el Homenaje?

Los hombres y mujeres que constituyeron aquellas primeras Corporaciones Locales de 1979 fueron personas comprometidas con el futuro de sus pueblos y ciudades que asumieron, a veces sin saber que lo estaban haciendo, el reto de democratizar y modernizar sus territorios, de ofrecer a los ciudadanos servicios cada vez más numerosos y de trabajar a diario a pie de calle, marcando las pautas de un modelo de proximidad que hoy ya resulta inherente a la propia Administración Local. A ellos y ellas, que impulsaron una forma de hacer pueblos y ciudades, que construyeron el municipalismo, es a quienes se dirige el homenaje organizado por la FEMP.

Y de forma específica, en el transcurso del acto, se homenajeará a quiénes han desempeñado la responsabilidad de las Alcaldías, de forma ininterrumpida, a lo largo de las cuatro décadas transcurridas desde 1979, y que han renovado sus cargos por cuatro años más en las pasadas municipales del 26 de mayo. Son 22 los Alcaldes de nuestro país que cumplen estos requisitos y está prevista la asistencia de una buena representación de ellos en la Cámara Alta del día 21 (ver anexo 1-1) (Enlace a vídeo Alcaldes)

También se homenajea al casi centenar de mujeres que encabezaron las Corporaciones surgidas de las elecciones de 1979. Cuatro de ellas, cuatro Alcaldesas que lo fueron entonces por elección de sus vecinos, las representarán a todas ellas en este acto (Ver anexo 1-2).

En el Homenaje al Municipalismo están igualmente representados aquéllos que nacieron en el año electoral de 1979, y la savia nueva que viene de la mano del Alcalde más joven de España. Y lo están igualmente quien fuera la primera mujer al frente de una capital de provincia, así como, y a través de dos Presidentas, las Entidades Provinciales, las Diputaciones, en reconocimiento a su papel insustituible como elementos de cohesión y equilibrio del territorio, por su trabajo como los pequeños municipios y por la labor desarrollada como elemento fundamental en el equilibrio territorial del Estado (Anexo 1-3).

¿Por qué en el Senado?

En el marco solemne del Antiguo Salón de Sesiones de la Cámara Alta, el Presidente de la Federación Española de Municipios y Provincias, FEMP, Abel Caballero, junto al Presidente del Senado, Manuel Cruz, y al Ministro de Agricultura, Pesca, y Alimentación, y de Política Territorial y Función Pública, en funciones, Luis Planas, encabezará el acto de homenaje y reconocimiento al municipalismo.

El Senado, la Cámara Alta, ha sido el lugar elegido por la FEMP por tratarse de la Cámara de representación territorial. La presencia de su Presidente y la de un Ministro del Gobierno de España, junto al máximo responsable de la Federación que representa al municipalismo español, no podían ser mejor colofón para el acto que pondrá fin a la secuencia de los realizados a lo largo de este año.

Dicha secuencia tuvo su momento cumbre en el mes de julio en la sede de la FEMP cuando S. M. el Rey Felipe VI recibió de manos de Abel Caballero la Medalla de Oro del Municipalismo y un bastón de Alcalde conmemorativo del 40 aniversario (Enlace a Vídeo Acto con S.M. el Rey)

Ese mismo día se inauguró la exposición 40 Años de Ayuntamientos democráticos, en la que se recogieron carteles y objetos de propaganda utilizados en la campaña electoral municipal de 1979.

¿Quién asistirá?

Al Homenaje al Municipalismo asistirán miembros de la Junta de Gobierno de la FEMP, anteriores Presidentes de la Federación, Alcaldes y Concejales que han formado parte de los órganos de Gobierno de la misma, así como Diputados y Senadores. También se espera la presencia de miembros del Gobierno en funciones y de otras personas que han desempeñado papeles relevantes en la consolidación del municipalismo y de la democracia local.

¿En qué va a consistir?

El acto estará conducido por el Secretario General de la Federación, Carlos Daniel Casares, y se prevé la proyección de un vídeo homenaje a los Alcaldes que lo han sido de forma ininterrumpida desde 1979 hasta hoy, así como a las Alcaldesas que representarán al centenar de mujeres que presidieron las primeras Corporaciones de 1979. El vídeo estará acompañado por la música de Mozart, interpretada en directo por la Orquesta y Coro de la CAM.

El Presidente de la FEMP, Abel Caballero, intervendrá en ese momento y dará paso a la entrega de medallas y diplomas a los homenajeados. Al finalizar, el Alcalde de Villanueva de la Cañada, Luis Partida, y la Alcaldesa de Miranda de Ebro, Aitana Hernando, compartirán unas reflexiones sobre pasado, presente y futuro del municipalismo tras la cuales el Ministro en funciones, Luis Planas, y el Presidente del Senado, Manuel Cruz, cerrarán el acto.

ANEXO 1

En representación de todos los Alcaldes elegidos en 1979 acudirán al acto del Senado 22 Alcaldes que entonces fueron elegidos y que hoy, 40 años después, siguen siendo Alcaldes de sus municipios:

José Luis Seguí Andrés, Alcalde de Almudaina (Alicante)

Senén Pousa Soto, Alcalde de Beade (Ourense)

José Antonio González González, Alcalde de Bercero (Valladolid)

Juan Manuel Díaz López, Alcalde de Berzosilla (Palencia)

José Luis García García, Alcalde de Brión (A Coruña)

Claudino García Martín, Alcalde de Cantiveros (Ávila)

Cecilio Lera Blanco, Alcalde de Castroverde de Campos (Zamora)

Faustino González Miguel., Alcalde de Cuenca de Campos (Valladolid)

Josep Vila Camps, Alcalde de Fogars de la Selva (Barcelona)

Jaume Pascual Pascual, Alcalde de L’Alquería D’Asnar (Alicante)

Juan Manuel Sánchez Gordillo, Alcalde de Marinaleda (Sevilla)

José Luis Rico Hernández, Alcalde de Marzales (Valladolid)

Ignacio Gordón Boza, Alcalde de Matillas (Guadalajara)

Evaristo Domínguez Dosal, Alcalde de Meruelo (Cantabria)

José Antonio Pérez Cortés, Alcalde de Quintela de Leirado (Ourense)

Francisco Manuel Asón Pérez, Alcalde de Ribamontán al Mar (Cantabria)

Lucas Aguado Fernández, Alcalde de Roturas (Valladolid)

Carlos Rivera Rivera, Alcalde de Torremocha de Jarama (Madrid)

Pere Moradell Puig, Alcalde de Torroella de Fluviá (Girona)

Mauricio Martínez Manchón, Alcalde de Valdarachas (Guadalajara)

Luis Partida Brunete, Alcalde de Villanueva de la Cañada (Madrid)

Salvador Pérez Abad, Alcalde de Villarroya (La Rioja)

ANEXO 2

Cuatro Alcaldesas recibirán el reconocimiento en representación de las 100 mujeres que resultaron elegidas en las primeras elecciones democráticas en 1979.

Maria Soledad Bujanda Pellejero, fue Alcaldesa de Moreda de Álava (Álava), y fue una de las cuatro primeras Alcaldesas de Euskadi, la primera de la Rioja Alavesa.

Felisa Blanco Marín, fue Alcaldesa de Almendral (Badajoz), una de las siete primeras alcaldesas extremeñas. Su actividad municipalista, además, ha estado muy vinculada a la FEMP a través de sus Comisiones de Trabajo.

Rosa Martí i Conill fue elegida Alcaldesa del Ayuntamiento barcelonés de Parets del Vallés y hoy es Concejala de Urbanismo, Medio Ambiente y Bienestar Animal. Sigue, por tanto, en activo

Celestina Elena Sánchez González, fue Alcaldesa de Val de San Vicente (Cantabria). Allí, hace 40 años, la recién elegida Alcaldesa democrática tuvo que escribir un oficio para que su antecesor dejará de ocupar el despacho que ya era el de ella.

ANEXO 3

En el acto también se homenajeará a quien fue la primera mujer Alcaldesa de una capital de provincia, Clementina Ródenas, en Valencia en 1989.

Al Alcalde más joven de España, Jaime Gutiérrez Gil, que tiene 19 años y es Alcalde de Arroyo de las Fraguas (Guadalajara).

También se reconocerá el trabajo que realizan Diputaciones, Cabildos y Consejos Insulares, personalizado en Carmela Silva, Presidenta de la Diputación de Pontevedra, y Ángeles Armisén, Presidenta de la Diputación de Palencia.

Fuente: FEMP



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lunes, 18 de noviembre de 2019

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Newsletter Noviembre 2019 - Observatorio De Personal

 

JURISPRUDENCIA: 
Contencioso-administrativo, Social, Penal y TSJ UE.

ARTÍCULOS:
No procede indemnización por la extinción ordinaria del contrato de trabajo de interinidad.
Oferta de empleo público y contratacion de funcionarios públicos interinos.

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El TSJN rechaza la nulidad de todas las plazas ofertadas en euskera en el Decreto Foral 109/2017

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) rechaza la nulidad solicitada por el sindicato Afapna de todas las plazas ofertadas en euskera en el Decreto Foral 109/2017, de 28 de noviembre, por el que se modificó la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad foral y sus organismos autónomos.

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GALICIA: Convocatoria del curso monográfico Los sistemas de integridad institucional en las administraciones públicas

RESOLUCIÓN de 8 de noviembre de 2019 por la que se convoca el curso monográfico Los sistemas de integridad institucional en las administraciones públicas (DOG 18/11/2019)

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