viernes, 14 de febrero de 2014

No es aplicable la eximente completa de cumplimiento de un deber o ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo, cuando el recurso a la fuerza no es racionalmente necesario para la defensa de los intereses públicos

Confirma el TS la condena impuesta al recurrente, agente de la Policía Nacional, como autor de un delito de lesiones de los arts. 147.1 y 148.1 del CP. Del relato fáctico se desprende que el actor decidió reprimir la actitud molesta de la víctima, y usando de la porra o defensa reglamentaria que llevaba, le golpeó con suma fuera varias veces, fracturándole tres costillas.



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