viernes, 16 de enero de 2015

Transparencia local: progresos y desafíos (Revista Democracia y Gobierno Local)

Revista Democracia y Gobierno Local nº 26/27 Tercer y cuarto trimestre de 2014 Transparencia local: progresos y desafíos 03 Editorial 04 Tema central: La transparencia como política pública en el nivel local 18 Entrevista: Transparencia para fortalecer la democracia 24 Debate: La transparencia desde los Gobiernos locales 30 Se ha publicado en: Transparencia, acceso a […]



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Lo que todos los años se me olvida mirar en ley de presupuestos del estado

Por si os ha pasado lo mismo: Art 103. Dieciséis. Durante el año 2015, la base de cotización por todas las contingencias de los empleados públicos encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social a quienes hubiera sido de aplicación lo establecido en la Disposición adicional séptima del Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de […]



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El incremento de la financiación local, una buena noticia para los Ayuntamientos en el año de la recuperación


Las entregas a cuenta del Estado a las Entidades Locales en 2015 se incrementan un 6,6%, hasta los 17.476 millones de euros. La FEMP considera que servirá de base para que los Gobiernos Locales puedan hacer frente a sus compromisos con los ciudadanos


Los Ayuntamientos, y el conjunto de Entidades Locales españolas, dispondrán de más recursos económicos para afrontar el año que se prevé como el del despegue definitivo para la recuperación económica. Así lo piensa la FEMP, que ha valorado de forma positiva los datos hechos públicos ayer por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.


Según estos datos, las entregas a cuenta en 2015 a las Entidades Locales por su participación en los ingresos del Estado llegarán hasta los 17.476,46 millones de euros, un 6,6% más respecto a 2014 y un 24% por encima si la referencia es la cifra que recibieron al comienzo de la legislatura, en 2012.


El Presidente de la FEMP, Íñigo de la Serna, considera que este incremento de la financiación local, que viene por la vía del sistema de financiación fijado en los Presupuestos Generales del Estado, es una buena noticia y una base sólida para que los Ayuntamientos puedan hacer frente a sus compromisos con los ciudadanos en un año que “todos esperamos que sea el de la consolidación de la recuperación de la economía”.


El Alcalde de Santander también se ha referido al hecho de que este aumento significativo de recursos se produzca en el año en el que tendrán lugar los comicios que renovarán las Corporaciones Locales de todo el país. “Es un reconocimiento al esfuerzo realizado por los regidores locales durante los años duros de la crisis y vuelve a demostrar una vez más el compromiso del Gobierno con el sector local”.


“Ellos han contribuido decisivamente a que la Administración Local sea en estos momentos la única que ha cumplido con sus objetivos de deuda y déficit y, por tanto, se merecen presentarse a los ciudadanos con los deberes bien hechos”, ha señalado.


La información emitida por el MINHAP muestra que los Ayuntamientos en régimen de cesión de impuestos, es decir, capitales de provincia, de comunidad autónoma o que cuentan con más de 75.000 habitantes, recibirán en 2015 un total de 6.993,54 millones de euros. El resto de Ayuntamientos contarán con 4.573,56 millones de euros y las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares un total de 5.909,35 millones.


De la Serna ha destacado el hecho de que todos los Ayuntamientos vayan a verse beneficiados por este incremento de los recursos que, en definitiva, es un síntoma claro de que las perspectivas económicas para este año que acaba de empezar son buenas, ya que –según recuerda- las entregas a cuenta a los municipios se calculan sobre la estimación de los ingresos previstos para el Estado por la vía del IRPF, IVA e Impuestos Especiales.


Fuente: FEMP







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jueves, 15 de enero de 2015

Es susceptible de subsanación la acreditación de un mérito alegado defectuosamente en los procedimientos selectivos de funcionarios

Con estimación del recurso de casación interpuesto, se declara el derecho de la recurrente a que se le otorgue la plaza que le corresponda en función de la puntuación alcanzada en el proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo de auxiliares administrativos de la Junta de Andalucía.



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El 67 % de las entidades locales rindieron sus cuentas en plazo en 2013


El 67 % de las entidades locales rindieron sus cuentas en plazo en 2013 cuando en 2010 sólo lo hicieron el 27 % de ellas, según el informe aprobado por el pleno del Tribunal de Cuentas para promover la rendición de las cuentas en el ámbito local.


El Tribunal apunta en su informe la sustancial mejora que se ha producido en la rendición de cuentas de los ayuntamientos en los últimos años, debido, en especial, al establecimiento de mecanismos de coordinación con los organismos fiscalizadores autonómicos y a la creación de una plataforma de rendición de cuentas de las entidades locales.


Según el informe, en 2010 sólo el 27 % de las entidades locales rindieron cuentas en plazo, en 2011 fue el 40 %, en 2012 el 65 % y en 2013 el 67 %.


Además, en los planes de actuación del Tribunal de Cuentas de los años 2011 y 2012 se incluyeron medidas para que las entidades locales remitan las relaciones anuales de contratos.


De ese modo, 726 entidades locales de comunidades autónomas sin oficinas de control propias remitieron información sobre la contratación celebrada en el ejercicio 2011, mientras que en el ejercicio anterior lo habían cumplimentado únicamente 228 entidades.


En el ejercicio 2012, el 70 % de las entidades obligadas a remitir esta información contractual cumplieron con ello.


En el caso de los ayuntamientos, el nivel de remisión alcanzó el 96% en Cantabria, el 87% en Castilla-La Mancha, el 98% en Extremadura y el 100% en La Rioja y en Murcia.


En cualquier caso, reclama fortalecer las medidas legislativas tendentes a fomentar el cumplimiento en plazo del deber de rendición de las cuentas generales de las entidades locales, si bien la reforma local ya estableció la posibilidad de que retener el importe de su participación en los tributos del Estado o la disolución de las entidades de ámbito inferior al municipio en el caso de que no se remitan las cuentas.


El Tribunal de Cuentas propone reducir los plazos legales de rendición de cuentas (hasta el 15 de octubre del año siguiente), vigentes desde hace más de veinte años.


Y revisar los importes legales de las multas coercitivas que puede imponer en el caso de incumplimiento del deber de rendición de cuentas.


Fuente: EFE







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Las Entidades Locales cuentan con descuentos de hasta el 3.5% en el suministro de combustible para calefacción


Gracias a la Central de Contratación de la FEMP, los Gobiernos Locales podrán contratar el combustible para calefacción de sus edificios e instalaciones obteniendo importantes ahorros.


Las Entidades Locales podrán beneficiarse de estos descuentos si están adheridas a la Central de Contratación de la FEMP, requisito imprescindible para poder suscribir acuerdos basados en el Acuerdo Marco para el suministro de combustible de calefacción, que entró en vigor el pasado 6 de noviembre.


Los contratos basados permitirán contratar este suministro con descuentos del 3,5% sobre el precio del boletín oficial del petróleo, en el caso de Península y Baleares, y de un 0,1% para Canarias, Ceuta y Melilla.


La empresas adjudicatarias son Repsol, para las zonas de Península y Baleares; Disa Red de Servicios Petrolíferos, para Canarias, y Disa Retail Atlántico, que opera en Ceuta y Melilla.


Las Entidades Locales que deseen acceder a contratar este suministro, encontrarán toda la información en el espacio habilitado para ello en la web de la FEMP y al que pueden acceder a través del siguiente enlace: Central de Contratación de la FEMP


Fuente: FEMP







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Accidente de trabajo in itinere: patinete como medio idóneo para ir al trabajo

“Si no te ha sorprendido nada extraño durante el día, es que no ha habido día” , “donde menos se piensa, salta la liebre” y otras frases no describen el día a día de las jefaturas de personal. Somos un colectivo testigo de la complejidad del ser humano. Al leer el titular de la sentencia, […]



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miércoles, 14 de enero de 2015

La recuperación de la paga extra de 2012 en la nómina de enero

El Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, estableció la conocida previsión de supresión de la paga extraordinaria de diciembre a los empleados del sector público. Así se establecía en su artículo 2º:



“En el año 2012 el personal del sector público definido en el artículo 22. Uno de la Ley 2/2012, de 29 de junio de Presupuestos Generales del Estado, verá reducida sus retribuciones en las cuantías que corresponda percibir en el mes de diciembre como consecuencia de la supresión tanto de la paga extraordinaria como de la paga adicional o complemento específico o pagas adicionales equivalentes de dicho mes.



Lo cierto es que desde el momento de entrada en vigor de la anterior disposición se generó un alto grado de controversia en cuanto al alcance de la medida y su conformidad a derecho. De hecho, a día de la fecha se encuentran pendientes de resolver las diversas cuestiones de inconstitucionalidad del precepto planteadas por multitud de órganos judiciales, entre ellos el propio Tribunal Supremo.


Por otro lado, en un principio el debate se planteó en el propio seno de las Entidades Locales, que debían atender a las Notas y Circulares del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, advirtiendo sobre la prohibición de efectuar el abono (incluso, recordemos, con apercibimientos de incluir en conductas delictivas); al mismo tiempo, a las solicitudes y reclamaciones planteadas por los propios empleados públicos para que se efectuara el ingreso total, o al menos el de la parte devengada con anterioridad a fecha de publicación de la norma.


Con posteridad el debate se trasladó a los órganos judiciales, tanto del orden social como del contencioso-administrativo, donde ha habido pronunciamientos en diversos sentidos pero, básicamente, se ha rechazado el reintegro íntegro de la paga dejada de percibir, y sí se ha reconocido en cambio el abono en cuanto a los días devengados hasta la fecha de publicación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio.


Ahora, la recién aprobada Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015 (en adelante LPGE 2015) pretende restituir el orden de las cosas en este ámbito –al menos parcialmente-, si bien, como veremos, no puede considerarse que el medio por el que se ha optado resulte el idóneo. En efecto, la forma en que se instrumenta la medida no ha sido lo suficientemente explícita, suscitándose multitud de dudas en los responsables políticos, Jefes de recursos humanos, interventores y personal encargado de la confección de la próxima nómina del mes de enero.


Como decimos, la medida en cuestión se incorpora como Disposición Adicional Décima Segunda a la ya vigente Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015, en los siguientes términos:



“Décima segunda Recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012

Uno. Recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público.

1. Cada Administración Pública, en su ámbito, podrá aprobar el abono de cantidades en concepto de recuperación de los importes efectivamente dejados de percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria, así como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes, correspondientes al mes de diciembre de 2012, por aplicación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, con el alcance y límites establecidos en la presente disposición.



3. La aprobación por cada Administración Pública de las medidas previstas en este artículo estarán condicionadas al cumplimiento de los criterios y procedimientos establecidos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Estabilidad Financiera.

…”



La regulación anterior ofrece algunas certezas pero genera bastantes dudas en su aplicación práctica, como pasamos a exponer a continuación.


En el apartado correspondiente a las certezas, podemos indicar las siguientes:


- La aprobación de la devolución debe realizarla cada Administración en su propio ámbito, configurándose así como una previsión no imperativa sino condicionada, como veremos a continuación.


Es claro por tanto que la norma no comporta el reconocimiento y abono automático de las cantidades dejadas de percibir por este concepto, mediante su incorporación sin más a la nómina de los empleados públicos; sino que será preciso que cada Administración Pública adopte el acuerdo o resolución correspondiente, precisando los términos en que habrá de procederse al ingreso de cantidades.


- Limitación en cuanto a cantidad a abonar.


La cantidad que podrá ser objeto de abono o restitución queda limitada a los primeros 44 días correspondientes a la paga extra y paga de complemento específico. Es decir, que no existiría la necesaria habilitación normativa para que, en determinada Administración Pública, se optase por un reintegro superior a esa cantidad.


En cambio, no cabe que la entidad del sector público correspondiente acuerde un abono inferior a este periodo de 44 días primeros de devengo de la paga salvo, obviamente, que no se hubiera generado en su día este derecho o ya se hubiese efectuado su pago.


- Aprobación condicionada al cumplimiento de los criterios y procedimientos establecidos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Estabilidad Financiera.


Como se apuntaba antes, la recuperación parcial de la paga queda condicionado en todo caso al cumplimiento de los criterios de estabilidad presupuestaria y financiera definidos legalmente. Se impone por ello a cada Administración la realización de un proceso de evaluación previa, de forma que en el acuerdo o resolución por el que apruebe la restitución habrá de especificarse que en la concreta Administración o entidad del sector público de que se trate, sí se cumplen los citados criterios de estabilidad; verificación que, lógicamente, corresponderá a la intervención.


- Reducción de aportaciones a planes de pensiones.


Si cuando se acordó la supresión del abono de la paga extraordinaria de diciembre de 2012, se estableció que las partidas presupuestarias correspondientes se destinarían a la realización de futuras aportaciones a planes de pensiones o contratos de seguro colectivo que incluyesen la cobertura de la contingencia de jubilación, ahora en la medida en que una parte de la paga “congelada” va a hacerse efectiva, su equivalente ha de minorar esa previsión de aportaciones a planes de pensiones o contratos de seguro colectivo.

Recordemos lo que señalaba el apartado 4 del artículo 2 del Real Decreto-ley 20/2012 a que ahora se refiere la Disposición Adicional de la LPGE 2015:



“Las cantidades derivadas de la supresión de la paga extraordinaria y de las pagas adicionales de complemento específico o pagas adicionales equivalentes, de acuerdo con lo dispuesto en este artículo, se destinarán en ejercicios futuros a realizar aportaciones a planes de pensiones o contratos de seguro colectivo que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación, con sujeción a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y en los términos y con el alcance que se determine en las correspondientes leyes de presupuestos.”



Hasta aquí hemos visto los aspectos que presentan mayor certidumbre en la regulación que se ha dado en la LPGE 2015 para articular la restitución parcial de la paga de diciembre de 2012. Pero, como decíamos, existen importantes dudas que conviene plantear aquí para su reflexión colectiva:


- La posible aplicación al personal de las Administración Local de las instrucciones aprobadas mediante Resolución de 29 de diciembre de 2014.


El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas –que siempre va en estos temas “un paso por delante” en lo que afecta a su propio personal-, ya ha aprobado la Resolución de 29 de diciembre de 2014 –BOE de 2 de enero de 2015-, por la que se dictan instrucciones para la aplicación efectiva, en el ámbito del sector público estatal, de las previsiones de la disposición adicional décima segunda de la Ley 26/2014, de 26 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para 2015.


De la lectura de la citada Resolución ministerial queda claro que el ámbito de aplicación de la misma es el personal del sector público estatal, estableciéndose una serie de reglas e instrucciones para facilitar la confección de las nóminas que han de elaborarse para abonar las cantidades resultantes; y sin que en ningún momento se indique que, en virtud de esta Resolución, estas reglas o instrucciones resulten trasladables sin más al personal de otras Administraciones.


Entendemos por tanto que esta Resolución de 29 de diciembre no ampara el pago directo, sin mayores consideraciones, en la nómina de enero de los empleados públicos locales. Y ello, porque la Ley de Presupuestos distingue claramente entre la regulación general del personal del sector público (apartado Uno de la Disposición Adicional 12ª), y la regulación específica del personal de la Administración del Estado (apartado Dos de la misma Disposición Adicional), que es el que viene a desarrollar y concretar la Resolución ministerial antes mencionada.


Pero es más, la aplicación directa de la Resolución aprobada para el personal de la Administración del Estado contravendría la exigencia de cumplimiento de los criterios de estabilidad presupuestaria y financiera que impone la propia LPGE 2015, que demandan, entendemos, un proceso previo de evaluación de los parámetros de estabilidad establecidos legalmente.


- La aplicación efectiva de la previsión normativa se encuentra en la propia remisión a los criterios de estabilidad presupuestaria y financiera.


Recordemos que una primera evaluación de la estabilidad presupuestaria debe producirse en los próximos días en relación con la información que hay que remitir al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a la vista de la ejecución presupuestaria del cuarto trimestre del ejercicio 2014, cuya fecha límite de presentación, a través de la plataforma habilitada para ello en la Oficina Virtual para la coordinación financiera con las entidades locales, finaliza el próximo día 31 de enero.


Ahora bien, si el resultado fuese negativo –porque la Administración en cuestión esté incumpliendo ya con los objetivos de estabilidad o se prevea que se pueda estar en situación de incumplimiento al afrontar su abono– es cuando se debe acudir a los criterios y procedimientos que prevé la Ley de Estabilidad Presupuestaria, tal y como señala la LPGE 2015.


Atendiendo a esos procedimientos diseñados en la Ley de Estabilidad Presupuestaria, nos encontramos con que el artículo 21 de la norma determina el camino a seguir en caso de incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, que no es otro que la aprobación de un plan económico-financiero que habilite, en el plazo máximo de dos años, reconducir la situación al cumplimiento de los objetivos de estabilidad. Se puede dar el caso de que ya exista un plan económico-financiero en vigor, de tal forma que nos encontraríamos ante la necesidad de reajustar dicho plan incluyendo nuevas medidas.


Ese nuevo plan o reajuste del existente debe tramitarse de conformidad con el artículo 23 de la Ley Orgánica 2/2012, es decir, aprobación por parte del Pleno Municipal y puesta en marcha antes de tres meses desde que se haya constatado el incumplimiento del objetivo de estabilidad, además de proceder a su comunicación al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a través del portal habilitado para ello en la mencionada Oficina Virtual conforme obliga la Orden HAP/2105/2012 de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.


Recapitulando, vemos cómo el mecanismo de la recuperación de la paga extra de diciembre de 2012 dejada de percibir presenta cierta complejidad y aspectos que generan incertidumbre en su aplicación efectiva; si bien, como hemos visto, el incumplimiento de la estabilidad presupuestaria no resulta óbice para que puedan adoptarse las medidas necesarias para la restitución de los primeros 44 días de la paga.


En cualquier caso, sería muy conveniente que, igual que ha sucedido para los empleados de la Administración General del Estado, se aprobara la correspondiente Circular o Resolución con las directrices necesarias para el personal del resto del sector público, lo que facilitaría la labor de todos los destinatarios de la norma.








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Se declara improcedente el despido de un trabajador de la Junta de Castilla La Mancha, ya que la carta de despido no cumplió con las exigencias legalmente establecidas

Se confirma la sentencia que declaró el despido del demandante como improcedente. Declara el TSJ que incumplió la empleadora pública con la obligación de notificar por escrito al trabajador la extinción contractual, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos.



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La Cámara de Cuentas de Aragón recomienda a ayuntamientos mejorar su gestión financiera


Los ayuntamientos aragoneses con más de 8.000 habitantes -excluidas las capitales de provincia- deben introducir mejoras en su gestión para hacerla más transparente y ajustada a la normativa, según el informe de fiscalización realizado por la Cámara de Cuentas sobre el ejercicio de 2011.


En un informe de 220 páginas, que concluye con una serie de recomendaciones, la cámara ha evaluado aspectos económicos y financieros de los ayuntamientos de Alcañiz, Andorra, Barbastro, Binéfar, Calatayud, Caspe, Cuarte de Huerva, Ejea de los Caballeros, Fraga, Jaca, Monzón, Sabiñánigo, Tarazona y Utebo, que en conjunto cuentan con 2.621 empleados públicos.


La fiscalización la ha centrado en la organización, los servicios públicos que prestan, el control interno, el presupuesto y su ejecución, los créditos, la situación de su tesorería, los ingresos y los gastos, las subvenciones, las obligaciones y facturas pendientes de pago y los ingresos de dudoso cobro, entre otros.


Según la Cámara, sólo Binéfar, Fraga, Sabiñánigo y Utebo prestan de forma directa todos los servicios, mientras que Alcañiz, Andorra, Barbastro, Caspe, Jaca y Monzón gestionan mediante organismos autónomos cultura, deportes, servicios sociales o comercio.


Además, Alcañiz, Andorra, Barbastro, Calatayud, Cuarte, Ejea, Monzón y Tarazona gestionan servicios públicos de promoción urbanística y empresarial o de integración social de personas con discapacidad de forma directa mediante nueve sociedades mercantiles cuyo capital pertenece íntegramente a la entidad local.


Sólo en seis ayuntamientos, Binéfar, Cuarte, Ejea, Fraga, Sabiñánigo y Utebo, la intervención realizó con carácter general su función de todos los actos relativos a contratación y concesión de subvenciones y no se hizo en Alcañiz, Andorra, Caspe y Monzón, mientras que en el resto se ha detectado la falta de fiscalización previa de varios acuerdos con contenido económico.


En este sentido, advierte el informe de que el presidente y el pleno de estos ayuntamientos adoptaron 205 acuerdos en contra de los reparos formulados por la intervención, al no haber seguido el gasto la tramitación legal o reglamentariamente establecida, 185 de ellos por Barbastro, Fraga, Alcañiz y Sabiñánigo.


Ninguno de los catorce ayuntamientos aprobó definitivamente su presupuesto en fecha (antes del 31 diciembre) y a final de este ejercicio tenían obligaciones pendientes de pago por un importe total de 37,4 millones de euros, de los 741.000 euros tenían una antigüedad superior a 4 años.


Los ayuntamientos con mayor importe pendiente de pago son Calatayud (5,2 millones), Jaca (5,1), Monzón (4,3), Ejea (3,7), Tarazona (3,3) y Andorra (3,2).


Por otra parte, el importe total de derechos pendientes de cobro por estos ayuntamientos ascendía al final de 2011 a 47,3 millones de euros, la mayor parte correspondientes a impuestos directos, tasas y transferencias corrientes y de capital.


Todos los ayuntamientos calcularon un importe de derechos de dudosa o imposible recaudación por un importe total de 13,7 millones y sólo seis lo calcularon de forma correcta y eficiente (Alcañiz, Barbastro, Binéfar, Cuarte, Fraga y Utebo).


En 2011 pagaron obligaciones comerciales por 91,9 millones de euros correspondientes a 62.607 facturas, con un periodo medio de pago de 81 días, superior a los 50 días previstos en la legislación.


Cinco ayuntamientos (Binéfar, Fraga, Cuarte, Barbastro y Utebo) cumplen en general los plazos y el resto lo incumple, en mayor medida Alcañiz (170 días), Calatayud (159), Andorra (122), Sabiñánigo (111) y Monzón (108).


El importe de pagos pendientes a acreedores comerciales a final del ejercicio ascendía a 18,2 millones, de ellos 3,1 de Calatayud, 2,8 de Andorra y 2,1 de Ejea.


Los ayuntamientos y sus entidades dependientes (22) celebraron ese año al menos 239 contratos por un importe total de 20,7 millones, que fueron adjudicados utilizando principalmente el procedimiento negociado sin publicidad (54%).


Con carácter general, en los contratos de servicios y suministros no se elaboran informes económicos que justifiquen que el presupuesto base de licitación es el adecuado para el cumplimiento del contrato atendiendo al precio general del mercado.


La cámara recrimina a los ayuntamientos de Caspe, Monzón y Sabiñánigo y a veinte entidades municipales que no hayan remitido una relación certificada de todos los contratos formalizados en 2011.


Estos catorce ayuntamientos concedieron 2.219 subvenciones por un importe de 7 millones, el 56,5 por ciento de forma directa sin que se acredite la singularidad de los beneficiarios y su importe.


La Cámara concluye el informe con 56 recomendaciones, desde reconsiderar la necesidad de gestionar servicios a través de organismos autónomos y entidades mercantiles a una fiscalización presupuestaria mejor.


Asimismo, plantea depurar los saldos de derechos pendientes de cobro, justificar adecuadamente las adjudicaciones de contratos y ser riguroso en el cálculo del valor, aprobar un plan estratégico de subvenciones, adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento del periodo medio de pago a proveedores y registrar todas las facturas, incluidas las domiciliaciones bancarias.


Fuente: ABC







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martes, 13 de enero de 2015

Mentoring en el INAP

Leo en http://ift.tt/14QfJst se va a realizar un programa de mentoring. Teniendo en cuenta el problema de gestión de la edad que tenemos en gran parte de los ayuntamientos, donde a los de mi generación nos va a tocar “jubilar” a la gran mayoría de las actuales jefaturas (y no jefaturas), voy a seguir con […]



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La Junta de Comunidades de Castilla La Mancha ha incurrido en desviación de poder al cesar a un funcionario que desempeñó el mismo puesto en comisión de servicios durante 5 años

Se desestima el recurso interpuesto contra la sentencia que anuló el cese del actor, funcionario de carrera de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, en comisión de servicios que fue prorrogándose anualmente durante cinco años, dándose la circunstancia de que al mismo tiempo de su cese se nombraba a otro funcionario en comisión de servicios para el mismo puesto.



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INAP: Convocatoria acciones formativas de carácter general para el primer semestre de 2015


Resolución de 9 de enero de 2015, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan acciones formativas de carácter general para el primer semestre de 2015 (BOE 13/1/2015)


Ver aquí







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Las listas de aspirantes admitidos y excluidos de los procesos selectivos (Angel Zurita)

El Ayuntamiento de Erandio (Bizkaia) anuncia la publicación de la aprobación provisional de la lista de aspirantes admitidos y excluidos para la cobertura de trece plazas de Administrativo en el Boletín Oficial de Bizkaia. http://ift.tt/1z42Uaw Sin embargo, se publica tan solo una lista de doce documentos nacionales de identidad, que no es relevante, ni necesario, […]



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Montoro cree que "la reforma local está cambiando este país"


El ministro de Hacienda valora el cambio en las administraciones públicas como el factor clave para que España "lidere el crecimiento y la mejora en el empleo en toda la UE".


El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, aseguró que la reforma de las administraciones públicas lideradas por las corporaciones locales está cambiando a España y eso está haciendo que el país "lidere el crecimiento de la Unión Europea".


Montoro, que participó en una jornada de debate organizada por el PP en Ciudad Real sobre la situación y gestión de los ayuntamientos, indicó que nadie pronosticó que España "fuera a tener creación neta de empleo" como ahora y una recuperación económica que crea empleo. Algo que, dijo, tiene que ver con las reformas que se han hecho y, en especial, con el papel que han jugado los entidades locales.


El ministro puso de manifiesto en este encuentro con alcaldes que es una buena oportunidad para reflexionar sobre cómo la seguridad y la viabilidad de la gestión popular hacen que se abra "una nueva etapa de prosperidad e igualdad de oportunidades" para todos los españoles.


Montoro recordó que España a comienzos de 2015 se está recuperando económicamente y cerró 2014 por primera vez después del comienzo de la crisis con creación neta de empleo.


Un hecho que, apuntó "no se puede cuestionar y se ha fundamentado en numerosas medidas adoptadas por el Gobierno, como, por ejemplo, la reforma laboral o la modernización del sector bancario, una pieza básica".


Montoro no dejó pasar por alto dos de las grandes medidas impulsadas por el Gobierno de Mariano Rajoy como el Plan de Pago a Proveedores y el Fondo de Liquidez Autonómica, dotados con 62.000 y 49.000 millones de euros, respectivamente, de los que "tres cuartas partes se han invertido en servicios sociales". Con ello, aseguró, "se ha logrado que las administraciones autonómicas y locales paguen los servicios sociales y avancen en su gestión.


Asimismo, apuntó que ha sido fundamental introducir cambios en leyes claves durante esta legislatura que han permitido lograr el equilibro presupuestario en las administraciones que, afirmó, "es santo y seña de los gobiernos del PP".


Montoro aseveró que el voto al PP en las autonómicas y generales de 2011 fue para "sacar a España de la crisis", un objetivo que "se está haciendo", y por ello pidió a los dirigentes locales congregados que no les confundan otros mensajes políticos.


"Que no nos tiren capotes para engañarnos, estamos sacando a España de la crisis. Somos un proyecto político fiable, seguro y previsible y es la segunda vez que lo hacemos, no la primera", reivindicó Montoro, para quien los gobiernos socialistas provocan siempre que el país "se hunda y dicen que ha habido un mal ciclo económico".


El ministro de Hacienda ironizó con la situación que encontró el PP al llegar al Gobierno central al afirmar que "en esta legislatura han sido todo impulsos, todo ayudas y con el viento de cola".


Fuente: EFE







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Los mejores artículos de RRHH de 2014 (Blog Meta4)

Os dejamos una recopilación de 30 artículos de 2014 y sus respectivos blogs a los que pertenecen, para leer e informarte sobre todo lo que necesitas saber sobre RRHH, management, tecnología, innovación,tendecias, gestión del talento etc… ¡No te quedes sin leerlos este 2015! 1. Innovar desde las personas. 10 fundamentos de un cambio de paradigma, […]



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lunes, 12 de enero de 2015

¡Consejo de ministros del viernes pasado! Anteproyecto ley de procedimiento común

Madrid, viernes, 9 de enero de 2015 SUMARIO Presidencia INFORME sobre el Anteproyecto de Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. INFORME sobre el Anteproyecto de Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. INFORME de seguimiento de la ejecución del Informe de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas. Cargadito de […]



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Sentencia de referencia sobre el mobbing y algo más (blog contencioso)

El mobbing en la Administración pública representa una de las lacras mas ignominiosas puesto que supone que algún directivo público utiliza las potestades públicas para denigrar y hundir a un ser humano, provocando su aislamiento y depresión. La vieja “desviación de poder” era incapaz de dar respuesta a esta ominosa lapidación, por lo que la […]



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10 libros de Administración Pública en 2014 (NovaGob)

1. Decisiones públicas: Análisis y estudio de los procesos de decisión en políticas públicas. De Bruno Dente y Joan Subirats. Ariel. 2. Gestión inteligente de las redes sociales en la Administración. De Antonio Díaz y Oscar Cortés. Instituto Vasco de Administración Pública. 3. La Larga Marcha del Gobierno Abierto. Teoría, Medición y Futuro. De Rodrigo […]



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Entidades locales menores acusan al gobierno de querer eliminar más de 500


El presidente de la Federación Española de Entidades Locales Menores (FEEM), Antonio Martín Cabanillas, ha acusado hoy al Gobierno de Rajoy de querer eliminar más de 500 de estas entidades en todo el país por la "injusta" aplicación de la Reforma Local, que a su juicio sólo atiende a razones burocráticas.


Según explica en un comunicado, el "estricto cumplimiento" de la Reforma Local conlleva la desaparición de las entidades que no presenten sus cuentas en los plazos legales previstos, a pesar de que en la mayoría de los casos esto no es responsabilidad de esas entidades -asegura-, sino de los municipios matrices, las diputaciones y las propias comunidades autónomas, "cuya supresión no se decreta si tienen déficit o no cumplen".


A ese respecto, ha lamentado que se aplique un "doble rasero" con los municipios y ha anunciado protestas, si no se aprueba una moratoria para la presentación de sus cuentas.


Cabanillas, para quien el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, es una "especie de esbirro al servicio de lo más bajo en la política nacional, fuerte con el débil y muy débil con el fuerte", sostiene que, "a pesar del interés del Gobierno" por suprimir estas entidades, el gasto que representan es "ínfimo".


En España hay más de 3.700 entidades de ámbito territorial inferior al municipio (EATIM), que son unidades administrativas de carácter local e intramunicipal, también conocidas como entidades locales menores.


Fuente: EFE







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Burgos.es /Diputación