viernes, 8 de julio de 2016

Jornada "Remunicipalización y rescate de concesiones: Aspectos jurídicos relevantes". Madrid, 8 julio 2016

Se está celebrando la Jornada "Remunicipalización y rescate de concesiones: Aspectos jurídicos relevantes", en estos momentos con la temática: "¿Por qué remunicipalizar servicios locales? Teoría y práctica."

En la imagen, de izquierda a derecha, Eulalio Ávila Cano, Presidente del Consejo General de COSITAL presenta al ponente Joseba Belaustegui, Letrado Municipal Ayuntamiento de Pasaia (Gipuzkoa).

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COMUNICACIÓN AL TRABAJADOR DE LA EXISTENCIA DE CÁMARAS DE VIGILANCIA PARA EL CONTROL LABORAL

Del blog de Borja Medín El apartado 3 del artículo 20 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores faculta al empresario para adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su … Sigue leyendo

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GALICIA: Convocatoria de la Escuela Gallega de Administración Pública de las actividades de formación continua para el personal al servicio de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia

RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2016 de la Escuela Gallega de Administración Públicapor la que se convocan las actividades de formación continua para el personal al servicio de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG 8/7/2016)

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jueves, 7 de julio de 2016

Las nuevas obligaciones legales de la administración local y su control

El pasado 5 de mayo de 2016, organizada por el REA+REGA Auditores del Consejo General de Economistas, se celebró la IV Jornada de auditoría del sector público, que reunió a cerca de 200 auditores expertos en este sector para analizar y debatir, entre otras cuestiones, las nuevas obligaciones legales de la administración local y su control, qué demanda la sociedad en cuanto a la fiscalización y la transparencia de las cuentas del sector público, los retos en el marco de gobernanza fiscal de la UE y el control de los fondos europeos.

De izda a dcha.: Eva Ferrer Galcerán, responsable de la puesta en marcha del gobierno abierto y la estrategia de transparencia y participación ciudadana en el Ayuntamiento de Barcelona; Concepción Campos Acuña, secretaria de Administración Local, categoría Superior y Codirectora de Red Localis; Isabel López Ramírez, vocal de la Comisión de Auditoría del Sector Publico del REA-REGA; y Eulalio Ávila Cano, presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesorero de Administración Local de España.

Concepción Campos Acuña, secretaria de Administración Local, categoría Superior y Codirectora de Red Localis; Eulalio Ávila Cano, presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesorero de Administración Local de España; y Eva Ferrer Galcerán, responsable de la puesta en marcha del gobierno abierto y la estrategia de transparencia y participación ciudadana en el Ayuntamiento de Barcelona; fueron moderados por Isabel López Ramírez, vocal de la Comisión de Auditoría del Sector Publico del REA-REGA, en la mesa redonda sobre las nuevas obligaciones legales de la administración local y su control, principalmente basada en la ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y del buen gobierno, que surge de un clamor social por la transparencia, en un momento donde la tecnología permite dar respuesta a esta demanda. La ley de transparencia se centra en tres ejes: 

- Publicidad activa: Deber de la Administración Pública de publicar información de relevancia para la ciudadanía de una manera clara, estructurada, fácil de entender y accesible en un portal de Transparencia. 

- Buen Gobierno: Otorgan rango de ley a los principios éticos y de actuación que deberían regir la labor de los miembros del Gobierno y altos cargos de la Administración y establecen un régimen sancionador. 

- Derecho de acceso: Derecho de cualquier ciudadano al acceso a los documentos que obren en poder de los ayuntamientos y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. La ley establece una serie de controles y órganos de control: Consejo de Transparencia y Buen gobierno; Órganos de control autonómicos; Órganos de control municipal mixtos; Funcionarios de Habilitación Nacional; y Auditorías externas.



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La suspensión cautelar de una orden de expulsión no genera el derecho a la devolución de la tarjeta de residencia

Procede la desestimación del recurso interpuesto contra la resolución que denegó al actor la devolución de la tarjeta de residencia de larga duración, solicitada en atención a que por el Juzgado de Instrucción se suspendió la ejecución de la expulsión que tenía decretada.

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Carles Ramió: ¿Una administración invisible o fantasmagorica?

Del blog de espublico: La consultora PwC  ha elaborado el informe Administración 2033. La Administración invisible(PwC, 2016) que es uno de los pocos estudios de prospectiva  sobre la Administración pública que se pueden encontrar publicados.  Este trabajo hace un repaso a los principales cambios del presente y del futuro inmediato (un ciudadano más exigente, los … Sigue leyendo

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miércoles, 6 de julio de 2016

Un juzgado desestima la demanda del Estado contra la OPE de Eusko Irratia

Deia. La convocatoria tenía por objeto regularizar la situación laboral del personal “indefinido no fijo” EFE – Miércoles, 6 de Julio de 2016 – Actualizado a las 18:10h El Abogado del Estado presentó una demanda contra la OPE de las radios de EiTB por entender que incumplía la disposición adicional de los Presupuestos Generales del … Sigue leyendo

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La Administración dispone de un margen razonable de actuación en la aplicación de la legislación penitenciaria, debiendo respetar sus normas y derechos que contempla

Declara el TSJ que procede desestimar el recurso de apelación interpuesto contra la denegación al actor de traslado al centro penitenciario solicitado. En contra de lo manifestado en el recurso, con la decisión adoptada no se ha vulnerado el art. 25 de la CE, pues, a la luz de la doctrina aplicable a la materia, la reinserción social a la que deben reorientarse las penas no es un derecho fundamental sino un principio; y el cambio de destino no es una sanción sino una decisión adoptada por la Dirección General de Instituciones Penitenciarias en ejercicio de sus competencias y de forma motivada, que está justificada por la situación del interno y por las características de los centros penitenciarios; en este caso la denegación se basó en la insuficiencia de plazas en el centro solicitado.

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La CNMC recomienda diversas mejoras en el sistema de adquisición centralizada de material de oficina por parte de las Administraciones Públicas

Propone que la Administración no dé preferencia a los productos de marca comercial (marcas de fabricante) frente a los de marca del distribuidor o marca blanca

Recomienda medidas para que la versión final de los pliegos de contratación de estos suministros sea aún más competitivo

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha analizado el borrador de los Pliegos que rigen la celebración del Acuerdo Marco para la contratación de material de oficina (no inventariable) por parte de las Administraciones Públicas. Estos pliegos recogen las condiciones de contratación que deben seguir las Administraciones Públicas cuando adquieren este tipo de productos. (INF/CNMC/008/16).

En su informe, la CNMC recuerda que una política transparente de aprovisionamiento y que permita presentarse a distintos operadores a los concursos  es un instrumento fundamental para racionalizar el gasto público e incrementar la eficiencia.

Entre otras observaciones, la CNMC considera injustificado que a la hora de contratar el suministro del material de oficina, se diferencie entre marcas de fabricantes y marcas de distribuidores (marcas blancas).

La CNMC señala que la marca no debe ser una exigencia si previamente se han  determinan las características y la calidad que deben tener los productos. En este sentido, también recomienda la elaboración previa de unos listados con estos elementos.

Por otra parte, la Comisión considera que antes de los procesos de licitación, se debe evitar celebrar sesiones presenciales con potenciales oferentes. Las consultas presenciales que se realizan para conocer el mercado y configurar el proceso son arriesgadas y pueden incrementar la posibilidad de captura de cualquier órgano contratante. Además, pueden perjudicar los principios de igualdad de acceso, no discriminación y defensa de la libre competencia.

La CNMC también aconseja que se utilice un Sistema Dinámico de Adquisición (SDA) frente al Acuerdo Marco (AM). El Sistema Dinámico facilita una apertura continua del mercado, ya que, a diferencia del Acuerdo Marco, se trata de un procedimiento abierto a nuevos competidores durante toda su vigencia.

La CNMC recomienda también que se facilite la acreditación de la solvencia económica y técnica de empresas de nueva creación que quieran presentarse a los concursos. También, propone que las ofertas puedan presentarse a través de medios electrónicos para reducir los costes e incrementar la trazabilidad del procedimiento.

La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados y que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a solicitud del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en ejercicio de las competencias consultivas de la CNMC en aplicación del artículo 5.2.a) de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Fuente: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

INF/CNMC/008/16 Informe sobre los pliegos que rigen la celebración del Acuerdo Marco para la contratación del suministro de material de oficina no inventariable

 

 



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Nuevos modelos de formación para empleados públicos

Nuevos modelos de formación para empleados públicos Guía para la transformación Este libro aborda uno de los aspectos de mayor trascendencia en las organizaciones: el aprendizaje. Actualmente, la forma de entender el conocimiento y el aprendizaje ha cambiado, pero la formación no lo ha hecho con la misma intensidad. Las personas ahora son más autónomas, … Sigue leyendo

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Operación contra la corrupción en 23 Ayuntamientos de 10 provincias

La Guardia Civil ha detenido a 12 personas en una operación contra la malversación de fondos públicos

La Guardia Civil y la Fiscalía contra la Corrupción y el Crimen Organizado, tutelada por el Juzgado de Instrucción 1 de El Vendrell (Tarragona), han detenido este martes a 12 personas —entre ellas, dos exalcaldes catalanes— como parte de una trama vinculada a delitos relacionados con la Administración pública. La han llamado Operación Térmyca y los agentes tienen previsto llevar a cabo 48 registros simultáneamente: 14 en domicilios, 7 en despachos profesionales, 12 en sociedades mercantiles, 7 en entidades públicas y 8 en Ayuntamientos (Torrejón de Ardoz, Miraflores de la Sierra y Chinchón, en la Comunidad de Madrid; Tortosa, Ascó, Vandellós y L'Ametlla de Mar, en Cataluña, y Trillo, en Guadalajara).

Entre los detenidos se encuentran Josep Manel Bassols, exalcalde de Anglès que fue arrestado por su vinculación con la trama del 3%, y Andreu Martí, exregidor de L'Ametlla de Mar. Al mismo tiempo, los agentes han formulado 15 requerimientos de documentación a los Ayuntamientos de Barcelona, Llinars del Vallès y Masquefa (Barcelona); La Seu d’Urgell (Lleida); Calonge y Girona (Girona); Cambrils (Tarragona); Alaior y Sóller (Islas Baleares); Velilla de San Antonio, Collado Villalba y Getafe (Madrid); Benicàssim (Castellón); Armilla (Granada); y Palos de la Frontera (Huelva). Son 23 Ayuntamientos en 10 provincias.

La Operación Térmyca se inició a partir de las actuaciones de finales de junio de 2014 que afectaban al Ayuntamiento de Torredembarra, en las que fue detenido el propio alcalde Daniel Massagué (CiU) e investigado por la Oficina Antifraude de Cataluña (OAC) el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, en su etapa como alcalde de Girona. Supuestamente, se adjudicaban desde los Consistorios sospechosos contratos "a dedo" a la consultora Efial S.L. A raíz de dicha investigación inicial, se desarrolló otra más exhaustiva sobre la citada empresa mercantil, que finalmente ha dado como resultado la oleada de actuaciones llevadas a cabo este martes.

"A lo largo de la investigación se ha detectado la creación de la figura instrumental y ficticia de Entidades Públicas Empresariales Locales carentes de actividad específica, creando un entramado fraudulento por el cual se desvían fondos públicos municipales de Ayuntamientos a la citada entidad pública y de esta a la sociedad mercantil privada", señalan fuentes de la investigación.

La operación ha desvelado la existencia de toda una ingeniería financiera mediante la cual la primera mercantil es absorbida por otra, CGI, creando un entramado similar a la primera que se extendió más allá de Cataluña. Las actuaciones se encuentran bajo secreto de sumario.

Efial es una consultoría media, con un equipo de una treintena de personas, que trabaja con cerca de un centenar de Ayuntamientos, la mitad de estos vinculados a Convergència. La creó en 2007 Antoni Martos, un consultor que ha tenido cargos en el Ayuntamiento de Barcelona, como director  de control de gestión de los servicios centrales y director de administración de Barcelona Gestión Urbanística. También es asesor en materia urbanística de la Sindicatura de Comptes. Después de que saltasen los primeros escándalos, Efial cambió su nombre en enero pasado por el de Consultoría en Gestión Innovadora.

Fuente: El País



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Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, sobre la extensión máxima y otras condiciones extrínsecas de los escritos procesales referidos al Recurso de Casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo

Acuerdo de 19 de mayo de 2016, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 20 de abril de 2016, de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, sobre la extensión máxima y otras condiciones extrínsecas de los escritos procesales referidos al Recurso de Casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo (BOE 6/7/2016)

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martes, 5 de julio de 2016

Aspectos procedimentales del sistema europeo de control de concentraciones

De conformidad con el Derecho europeo de la competencia, las concentraciones de dimensión europea tienen que ser notificadas a la Comisión y autorizadas por ésta antes de ser ejecutadas. En este artículo se analiza el procedimiento administrativo llevado a cabo por la Comisión para evaluar la compatibilidad de las operaciones de concentración con el mercado interior. El estudio se enfoca desde la óptica de los derechos de la partes (derecho de audiencia, derecho de acceso al expediente, obligación de la Administración de motivar las decisiones, etc.) a fin de constatar en qué medida se encuentran garantizados en el procedimiento así como cuál es el alcance del control judicial ante las posibles vulneraciones de los mismos por la Comisión.

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lunes, 4 de julio de 2016

El estado puede imponer jornada mínima de 37.5

Esta es la entrada nº 1000 en este blog. Nunca hubiera pensado que podría llegar a este número de entrada. Fundamentos 7 y 8 de la Sentencia 99/2016, de 25 de mayo de 2016, del Pleno del TC. Recurso de inconstitucionalidad 1743-2013. Interpuesto por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña en relación con diversos … Sigue leyendo

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La productividad de los empleados públicos y su reconsideracion: algunos criterios jurisprudenciales.(blog Acal)

Entre los distintos complementos retributivos que perciben los empleados públicos, resulta especialmente controvertido el complemento de productividad, muchas veces por su uso impropio, al destinarse a retribuir conceptos propios del puesto de trabajo, o simplemente porque genera suspicacias sobre los perceptores, su cuantía o la periodicidad de su abono. A partir de aquí, se suele … Sigue leyendo

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Burgos.es /Diputación