sábado, 5 de octubre de 2019

viernes, 4 de octubre de 2019

El TSXG avala la adscripción obligatoria de los centros privados a los públicos para su supervisión

El TSXG ha avalado la resolución de la Xunta que establece la adscripción de los centros privados a los públicos a los efectos de autorizar, teniendo en cuenta los informes elaborados por los privados, los cambios de modalidad o de itinerario del alumnado de Bachillerato. Determina que, en base a la doctrina constitucional, los poderes públicos “no pueden atribuirse un monopolio sobre la enseñanza”, pero los particulares “tampoco pueden privar a los poderes públicos de su cometido, tanto regulador como prestacional, en la materia”.

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DISPONIBLE EL NÚMERO 223-SEPTIEMBRE DE LA REVISTA CUNAL

 

SUMARIO

EDITORIAL: ASOCIACIONES

ENTREVISTA:  JESÚS MARÍA ROYO CRESPO.
Presidente de la Asociación de Letrados de la Administración Local.


COLABORACIONES

PROBLEMAS HABITACIONALES, DEMOGRÁFICOS Y COMPETENCIAS LOCALES. 
GERMÁN GARCÍA CALLE.
Interventor-Tesorero de la Administración Local. Interventor del Ayuntamiento de Polanco (Cantabria).

EL CONTROL INTERNO DEL REAL DECRETO 424/2017, EN LA APLICACIÓN DEL SUPERÁVIT. 
EVA DONOSO ATIENZA.
Funcionaria de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional. Subescala intervención-Tesorería.

EL RÉGIMEN DE LAS PONENCIAS DE VALORES Y SU TRASCENDENCIA EN LA DETERMINACIÓN DEL VALOR CATASTRAL.
JUAN CALVO VÉRGEZ.
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Extremadura.

 

CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO

EL PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL: PLAZO, SUSPENSIÓN Y CADUCIDAD.
GRUPO DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.
Gómez-Acebo & Pombo Abogados S.L.P.

 

DOCTRINAL

MADRID CENTRAL: LA IMPORTANCIA DE LOS VALORES MEDIOAMBIENTALES EN LA TOMA DE DECISIONES DE POLÍTICA LEGISLATIVA.
José María Baño León Abogados, S.L.P.

 

COOPERACIÓN INTERNACIONAL

ALGUNAS NOTAS SOBRE LA NECESARIA AGILIZACIÓN DE LA GESTIÓN DE LOS FONDOS DESTINADOS A LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO POR LAS ENTIDADES LOCALES.
RAFAEL GARCÍA MATÍES.
Presidente de la Fundación Musol (Municipalistas por la Solidaridad y el Fortalecimiento institucional) y Secretario de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional. Subescala de Secretaria. Categoría Superior.

JURISPRUDENCIA COMENTADA. 2019/9

- Sala de lo Penal del Tribunal Supremo sobre la inexistencia del delito de prevaricación en el caso de un alcalde que adopta resoluciones amparadas por informes favorables del secretario municipal, arquitecto municipal y aprobadas en los Plenos.

- Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo traemos a colación sentencia atinente a la anulación del presupuesto municipal y de sus bases de ejecución en cuanto a la reserva que ha de ser gestionada por los Distritos.

- Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia se ha seleccionado cinco sentencias:

  1. El Nombramiento de una plaza por el sistema de libre designación que no se considera reservada a la habilitación nacional.
  2. Las consecuencias del cese de personal interino municipal.
  3. La competencia para la aprobación de Ordenanzas municipales.
  4. El Estatuto de los miembros de las Corporaciones Locales
  5. El equilibrio entre la Autonomía municipal para la realización de actividades culturales y el derecho a la intimidad y a no sufrir contaminación acústica de los vecinos.



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jueves, 3 de octubre de 2019

El Tribunal Supremo confirma la nulidad de la tasa del ayuntamiento de Barcelona sobre actuaciones de inspección y control de viviendas declaradas vacías

El Tribunal Supremo confirma la nulidad de la tasa del ayuntamiento de Barcelona sobre el control de viviendas vacías o permanentemente desocupadas por entender que no es competente para aprobar disposiciones de carácter general en esta materia y que la actividad gravada por dicha tasa no es competencia municipal.

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miércoles, 2 de octubre de 2019

¿Hemos avanzado en transparencia? El problema de la ejecución de las resoluciones del Consejo Transparencia y Buen Gobierno favorables al ciudadano

por Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado

El 28 de septiembre fue el día del derecho a saber por lo que conviene repasar un poco el estado del arte en esta materia. En primer lugar, todas las CCAA tienen ya su ley de transparencia, y la mayoría de ellas son bastante más ambiciosas que la tímida ley estatal  (la última ha sido Madrid, con la Ley 10/2019 e 30 de abril de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid)que todavía no ha entrado en vigor). Han proliferado también los órganos encargados de supervisar la transparencia, bien unipersonales o bien colegiados, por lo que vamos teniendo también un importante acervo doctrinal sobre la interpretación de la normativa de transparencia. De la misma manera contamos con un mayor número de resoluciones judiciales. Proliferan los cursos de formación,  los másters, los congresos y los artículos en esta materia, y todo esto son buenas noticias.

Pero claro, la pregunta del millón es si hemos avanzado desde el punto de vista de la cultura de la transparencia y de la agenda política. No cabe duda de que los funcionarios y los empleados públicos en general son más conscientes de las obligaciones de transparencia y de rendición de cuentas. Pero ¿y sus jefes políticos? Pues seguimos notamos las resistencias habituales a la transparencia y la rendición de cuentas, si bien quizás de manera más sibilina. Como oponerse frontalmente a la transparencia queda feo -lo mismo que hacer alegaciones sin fundamento técnico o alegaciones ya refutadas por los tribunales de justicia o interponer recursos contencioso-administrativos con fines  básicamente dilatorios- ahora lo que ocurre es  que los entes públicos y ciertas Administraciones arrastren los pies a la hora de ejecutar las resoluciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno  que nada puede hacer al respecto. Hasta el punto de que recientemente el CTBG organizó un coloquio sobre la cuestión de la ejecución de las resoluciones de los órganos de garantía de la transparencia cuya reseña pueden encontrar aquí.

Efectivamente, si no se cumplen voluntariamente estas resoluciones no hay manera de hacerlas cumplir, ya que este órgano no tiene facultades sancionadoras ni se puede imponer su ejecución forzosa vía multas coercitivas. Es decir, que si se incumplen resoluciones firmes de un órgano de garantía de la transparencia que han reconocido el derecho de acceso a los ciudadanos no ocurre absolutamente nada si como ocurre con carácter general este órgano no tiene reconocidas ni capacidad sancionadora ni de ejecución de sus propias resoluciones. (Hay alguna excepción; por ejemplo la ley 1/2014 de 24 de junio de Transparencia pública de Andalucía sí considera infracción muy grave el incumplimiento de las resoluciones de su órgano de garantía, el Consejo de Transparencia y Protección de Datos).

Cabe también que estas resoluciones se incumplan pero solo parcialmente, de manera que se proporcione información incompleta o defectuosa o  sencillamente que no se ajuste a los términos de la resolución del órgano de garantía. De nuevo no pasa nada: por mucho que el CTBG intime al organismo público de que se trate para que respete sus resoluciones lo cierto es que la última palabra la tiene el propio organismo. Como puede comprenderse fácilmente estamos ante una situación que es desesperante para el ciudadano que cuando cree haber obtenido por fin el derecho de acceso se encuentra con que la resolución favorable que ha obtenido puede ser papel mojado. Es cierto que contra la inactividad de la Administración puede ejercitar el correspondiente recurso contencioso-administrativo, pero ya sabemos lo costoso que es acudir a la vía judicial en términos de tiempo y dinero  Según los datos de la Fundación Civio el Ministerio más incumplidor es Interior pero Presidencia también ha protagonizado alguna escaramuza con las resoluciones del CTBG. Por tanto, no parece que el ejemplo sentado por estos y otros Ministerios renuentes a cumplir estas resoluciones favorables a los ciudadanos demuestre una gran voluntad política.

Pero, por si teníamos alguna duda, no solo tenemos el problema de la ejecución de las resoluciones de los órganos de garantía: en los casi dos años transcurridos desde el fallecimiento de la anterior Presidenta del CTBG no se ha nombrado a otra persona “por falta de consenso” según el discurso oficial. Lo cierto es que nosotros sepamos tampoco se ha propuesto oficialmente ningún candidato/a por lo que no hemos podido saber si se trataba de una excusa. Los recursos y los medios del CTBG siguen siendo muy precarios. El Reglamento de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre tampoco se ha aprobado. Es verdad que esta parálisis tiene que ver con la parálisis política que venimos sufriendo en España, pero si algo parece claro es que la transparencia no es una prioridad para nuestros políticos por mucho que digan lo contrario.

Por tanto podemos concluir que la voluntad política sigue siendo muy justita; de boquilla siempre se está a favor de la transparencia, pero los hechos nos cuentan una historia algo diferente. Y es que mientras sigamos con la actual politización  y patrimonialización de nuestras instituciones y Administraciones, falta de evaluación de políticas públicas, gastos inútiles, clientelismo y falta de rendición de cuentas y otras miserias del mal gobierno será difícil que a nuestros gobernantes les apetezca responder a preguntas incómodas que tengan que ver con esa realidad.

Fuente: Hay Derecho



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martes, 1 de octubre de 2019

Fiscalidad autonómica y sector eléctrico

Es necesario ordenar la fiscalidad del sector eléctrico en España. Actualmente existen demasiados tributos que gravan la producción y el consumo de electricidad. La reordenación de estos tributos ha de tomar en consideración que la Constitución garantiza a las Haciendas autonómicas un espacio fiscal propio con arreglo al principio de coordinación con la Hacienda del Estado.

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El Tribunal Supremo condena al Consejo de Seguridad Nuclear a motivar el cese de un jefe de área

El Tribunal Supremo ha condenado al Consejo de Seguridad Nuclear a motivar la causa del cese del jefe del Área de Experiencia Operativa en la Subdirección de Instalaciones Nucleares. Estima parcialmente el recurso del afectado y establece que el no determinar la causa sobre su cese dejaba al entonces demandante indefenso a efectos de una eventual impugnación basada en que pudiera haberse incurrido en razones espurias respecto de las exigencias para el desempeño del puesto, puesto funcionarial no reservado a personal de confianza, y que ocupaba desde hacía quince años.

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GALICIA: Convocatoria del curso superior Introducción a las agendas urbanas: de las estrategias de desarrollo urbano sostenible e integrado a las agendas urbanas (DUSI). Nuevas oportunidades para las entidades locales gallegas

RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2019 por la que se convoca el curso superior Introducción a las agendas urbanas: de las estrategias de desarrollo urbano sostenible e integrado a las agendas urbanas (DUSI). Nuevas oportunidades para las entidades locales gallegas (DOG 1/10/2019)

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lunes, 30 de septiembre de 2019

GALICIA: Convocatoria de curso de transparencia y Administración electrónica en el ámbito de la Administración local para personal de la Administración local

RESOLUCIÓN de 17 de septiembre de 2019 de la Escuela Gallega de Administración Pública por la que se convoca un curso de transparencia y Administración electrónica en el ámbito de la Administración local para personal de la Administración local de Galicia (DOG 30/9/2019)

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ARAGÓN: Convocatoria de cursos de formación correspondientes al Plan de Formación del año 2019

RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2019, del Director del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se convocan cursos de formación correspondientes al Plan de Formación del año 2019 (BOA 30/9/2019)

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