viernes, 10 de mayo de 2019

La presunción de afectación a la actividad empresarial o profesional de un bien en una proporción del 50%, obliga a la Administración a probar que la afectación es inferior para imponer una menor deducción del IVA soportado

El TS casa la sentencia recurrida en el sentido de declarar que la recurrente tiene derecho a la deducción del 50% de las cuotas de IVA soportadas relacionadas con el renting de un vehículo turismo y no el 100%.

via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://bit.ly/2Hc4gcr

Anexpal se presenta a los premios NovaGob

Fechas para votar/votarnos: Desde el miércoles 15 de mayo hasta el viernes 31 de mayo (hasta las 15:00 horas, horario

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via Responsables personal Ayuntamientos http://bit.ly/2JvlL9g

BALEARES: Convocatoria por la Escuela Balear de Administración Pública del Plan de Formación para Entidades Locales correspondiente al año 2019

Resolución del director gerente de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) de 6 de mayo de 2019 por la que se aprueba la convocatoria del Plan de Formación para Entidades Locales que organiza la Escuela, correspondiente al año 2019 (BOIB 9/5/2019)

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via Actualidad http://bit.ly/2VYs8bK

BALEARES: Convocatoria por la Escuela Balear de Administración Pública de los cursos del Plan de Formación FIOP para el año 2019

Resolución del director gerente de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) de 3 de mayo de 2019 por la que se aprueba la convocatoria de los cursos del Plan de Formación FIOP para el año 2019 (BOIB 9/5/2019)

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via Actualidad http://bit.ly/2LxdhRJ

jueves, 9 de mayo de 2019

DISPONIBLE EL NÚMERO 220-ABRIL DE LA REVISTA CUNAL

 

 

Editorial: Elecciones

Entrevista: Pablo Arellano Pardo, Interventor General de la Administración del Estado

Duración del mandato de las actuales Corporaciones y constitución  de los Ayuntamientos con motivo de la celebración de las elecciones locales de 26 de mayo de 2019.
Rosa de la Peña Gutiérrez, Vicesecretaria del Ayuntamiento de Palencia

Las funciones del titular de la Intervención Municipal en los Procesos Electorales. 
Mª Ester Asensi Aliaga. Interventora del Ayuntamiento de El Puig de Santa María

Actuaciones de la Tesorería Local en la Constitución de las Nuevas Corporaciones Locales.
María del Mar Mota Sánchez. Tesorera del Ayuntamiento de Conil de la Frontera
José Manuel Farfán Pérez. Tesorero General de la Diputación de Sevilla y del OPAEF

Oficina independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación: eficacia de sus instrucciones.
Grupo de contratos del sector público nº 107. Gómez-acebo & Pombo Abogados S.L.P

Reforzamiento del principio democrático en la Administración Local (sentencia del Tribunal Constitucional 137/2018, de 13 de diciembre).
José María Baño León Abogados S.L.P

El impuesto verde a nivel local para hacer frente a los retos del Turismo Sostenible.
Francesco Filippi. Director de Proyectos y Calidad de la Fundación Musol. Coordinador del proyecto Local4GreenFundación Musol

Jurisprudencia comentada
Recogernos en este número resoluciones procedentes de las jurisdicciones penal y contencioso­-administrativa con origen el Tribunal Supremo y en los Tribunales supriores de justicia.

Interés casacional:
Resoluciones destacadas

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via Actualidad http://bit.ly/2LyfXP8

GALICIA: Convocatoria del curso superior Las leyes 39/2015 y 40/2015, del procedimiento administrativo común y del régimen jurídico del sector público: teoría y práctica

RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2019 por la que se convoca el curso superior Las leyes 39/2015 y 40/2015, del procedimiento administrativo común y del régimen jurídico del sector público: teoría y práctica (DOG 9/5/2019).

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via Actualidad http://bit.ly/2WwHe5B

miércoles, 8 de mayo de 2019

Cuantía del complemento de destino (Euskadi)

RESOLUCIÓN 18/2019, de 26 de febrero, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por

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via Responsables personal Ayuntamientos http://bit.ly/2vHMCHd

A los efectos del IIVTNU, un aumento del valor catastral injustificado no es prueba eficaz para desvirtuar el decremento del valor del terreno onerosamente transmitido, probado mediante las escrituras públicas de adquisición y venta

Se suscita en el presente recurso a quién incumbe la carga de la prueba de que no se ha producido un incremento patrimonial como consecuencia de la transmisión de una finca. La cuestión ha sido zanjada recientemente por el TS que ha establecido que corresponde al obligado tributario probar la inexistencia de incremento de valor del terreno onerosamente transmitido.

via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://bit.ly/2J6nbYx

GALICIA: Convocatoria del curso de servidumbre y limitaciones sectoriales

RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2019 de la Escuela Gallega de Administración Pública por la que se convoca el Curso de servidumbres y limitaciones sectoriales.

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via Actualidad http://bit.ly/2V8yC3g

martes, 7 de mayo de 2019

El impacto de la inteligencia artificial en el derecho administrativo ¿nuevos conceptos para nuevas realidades técnicas?

Las administraciones públicas están incorporando la inteligencia artificial en su actividad y en la prestación de los servicios públicos. En este artículo se exponen los instrumentos a través de los que se puede regular el uso de la inteligencia artificial en las administraciones públicas. También se plantean los retos que la inteligencia artificial está generando al Derecho administrativo. Estos retos se analizan a la vista de los principios que deben guiar la actuación de las Administraciones públicas.

via INAP - La Administración al Día - Estudios y Comentarios http://bit.ly/2VJmRow

El Tribunal de Cuentas señala las deficiencias de la contratación pública

Por Antonio Arias Rodríguez

La contratación pública ha constituido tradicionalmente uno de los objetivos prioritarios del Tribunal de Cuentas en el ejercicio de su actividad de control del sometimiento de la actividad económico-financiera del sector público a los principios de legalidad, eficiencia y economía. Hoy presentamos dos informes que resumen las irregularidades más habituales tanto en el ámbito autonómico como local.

Hace unas semanas, el Tribunal de Cuentas divulgó un informe sobre la contratación llevada a cabo durante los ejercicios 2016 y 2017 por las Comunidades Autónomas sin Órgano de Control Externo propio.

Se trata de una fiscalización de carácter horizontal y periódica, pues abarca una pluralidad de entidades con características y un ámbito temporal comunes, así como de cumplimiento, pues las cuestiones que se suscitan son fundamentalmente de sujeción a la legalidad.

El informe recoge una sucinta referencia a la información que, sobre la contratación proveniente de las diversas Comunidades y Ciudades autónomas, ha sido recibida en el Tribunal de Cuentas proveniente de las entidades que integran el ámbito subjetivo de la fiscalización hasta 31 de diciembre de 2018. Esta información incide en las relaciones anuales enviadas, el número de extractos de contratos; así como, sus tipos y procedimientos.

Tras la actividad fiscalizadora, el Informe recoge diversas conclusiones vinculadas a los aspectos más reseñables de las deficiencias en torno a las que se han puesto de manifiesto las actividades fiscalizadoras desarrolladas. De esta forma, en relación con la preparación y la tramitación de los expedientes de contratación, los criterios de adjudicación, la adjudicación y formalización de los contratos y la ejecución de los mismos.

Patologías

Los resultados del informe se presentan agrupados en atención a las incidencias que se han considerado relevantes, observadas en diversos momentos o sobre ciertos aspectos de la tramitación  de los expedientes y, dentro de cada uno de ellos, subdivididos en los correspondientes ámbitos territoriales en los que se han observado.

De esta forma, entre las incidencias más relevantes, cabe destacar las que afectan a la insuficiente justificación de la necesidad que se trata de satisfacer mediante el contrato, al obviarse en el expediente la inclusión de documentos acreditativos de la existencia de tal necesidad, sea por considerar suficiente la propia descripción del objeto del contrato o la mera voluntad manifestada por el órgano de contratación relativa a su existencia.

En la totalidad de las Comunidades y Ciudades autónomas incluidas en el ámbito de la fiscalización se ha observado la presencia de deficiencias que inciden en los criterios de contratación utilizados, principalmente por la falta de relación con las cualidades intrínsecas de la prestación objeto del contrato, por la falta de concreción suficiente de los criterios sometidos a juicio de valor o de los extremos que van a ser objeto de valoración al momento de presentar las ofertas y de la forma de otorgar las puntuaciones de forma que todas las empresas potencialmente interesadas en contratar con la Administración puedan conocerlos y formular sus ofertas a la vista de los mismos.

Con idéntica amplitud se han observado deficiencias respecto de las actuaciones de control del cumplimiento de los contratos, entre las que puede destacarse: la falta de establecimiento de un sistema de control, su no realización o su sustitución por un simple visto bueno; la ausencia de nombramiento del responsable del contrato, o la presentación de certificaciones, facturas o documentos de ejecución que no incluyen todos los aspectos o informes requeridos. Igualmente se han observado deficiencias en relación con los plazos de ejecución de las prestaciones correspondientes al contratista, produciéndose demoras no siempre justificadas convenientemente, debidas en ocasiones a deficiencias en la planificación.

Asimismo, se ha examinado la aplicación de las normas sobre publicidad y transparencia respecto de la contratación, en concreto la presencia de páginas web de las diversas entidades en las que residenciar el perfil del contratante, así como la inclusión de la información sobre contratación en los apartados de transparencia de esas páginas.

Finalmente, el Informe incluye una serie de recomendaciones dirigidas a mejorar la contratación pública en el ámbito examinado. Así por ejemplo, mejorar las fases de planificación previas a la contratación a fin de evitar urgencias innecesarias en la tramitación de los procedimientos o periodos sin cobertura de prestaciones; deficiencias en la descripción técnica de las necesidades a cubrir o de las prestaciones a realizar, o presupuestaciones incorrectas; persiguiendo con ello seleccionar al contratista más idóneo para satisfacer las necesidades públicas. Igualmente, aumentar la diligencia en la elaboración y supervisión de los proyectos, de modo que comprendan todos y cada uno de los elementos necesarios para su ejecución, evitando, en lo posible, modificaciones, dilaciones o encarecimientos de los contratos que de haber sido conocidos hubieran podido determinar la adopción de otra decisión, sea sobre las necesidad a satisfacer o la consideración de otras alternativas para esa satisfacción. También se recomienda reducir el empleo de fases de valoración sujetas a la superación de umbrales en cada una de ellas para evitar ser excluidos de la valoración en los restantes criterios, a fin de asegurar la selección de las ofertas económicamente más ventajosas.

Fuente: Fiscalización.es



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