Se suscita en el presente recurso a quién incumbe la carga de la prueba de que no se ha producido un incremento patrimonial como consecuencia de la transmisión de una finca. La cuestión ha sido zanjada recientemente por el TS que ha establecido que corresponde al obligado tributario probar la inexistencia de incremento de valor del terreno onerosamente transmitido.
via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://bit.ly/2J6nbYx
No hay comentarios:
Publicar un comentario