viernes, 6 de noviembre de 2020

El TSXG anula la prohibición de destinar viviendas a alojamientos turísticos en la zona antigua de Santiago

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha anulado la prohibición de destinar viviendas a alojamientos turísticos temporales en la zona antigua de Santiago de Compostela. Considera que la Administración local “no ha respetado el procedimiento”, ya que realizó “modificaciones sustanciales” en el plan especial “sin una previa información pública en la forma exigida en la ley”.

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Convocatoria del Seminario de Derecho Local de la Fundación Ramón Sáinz de Varanda, correspondiente al curso 2020-2021

RESOLUCIÓN de 29 de octubre de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se da publicidad a la convocatoria del Seminario de Derecho Local de la Fundación Ramón Sáinz de Varanda, correspondiente al curso 2020-2021 (BOA 6/11/2020)

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jueves, 5 de noviembre de 2020

El Tribunal Supremo declara que los concejales tránsfugas no pueden asumir nuevos cargos o retribuciones que supongan mejoras políticas y económicas

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que fija como doctrina que el pase a la condición de concejal no adscrito, como consecuencia o por razón de un supuesto de transfuguismo, “impide que se asuman cargos o que perciban retribuciones que antes no ejercía o percibía e impliquen mejoras personales, políticas o económicas. Queda excluida de esta limitación la incorporación a las comisiones informativas”.

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miércoles, 4 de noviembre de 2020

La igualdad de armas en el proceso contencioso-administrativo: ¿realidad efectiva o mero desiderátum?

Este trabajo se centra en el análisis del principio de igualdad de las partes que rige en el proceso contencioso-administrativo. El objetivo no es otro que determinar si las partes en un proceso en este orden jurisdiccional (administraciones públicas y administrados) tienen las mismas oportunidades para defender sus pretensiones y dar respuesta a la cuestión de si la igualdad de armas en el proceso contencioso-administrativo constituye, en el momento actual, una realidad efectiva o un mero desiderátum.

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JESUS MARIA GONZALEZ PUEYO IN MEMORIAM

En Madrid, a 1 de noviembre de 2020.

 

La última semana de octubre nos ha traído la triste noticia del fallecimiento de Jesús María González Pueyo, Presidente del Consejo General y de la Revista de Estudios Locales CUNAL entre los años 1994 a 2002, y actual miembro de su Consejo de Redacción.

 

Desempeñó la Intervención del Ayuntamiento de Igualada, la Viceintervención del Ayuntamiento de Tarragona, la Intervención del Ayuntamiento de Alcobendas y la del Ayuntamiento de Madrid, donde culminó su carrera profesional.

 

Interventor de Administración Local. Junto a su familia esa fue su razón de ser, su vocación. Una vocación de servicio inherente a dichas palabras que no se limitó a la exigencia profesional en las Corporaciones de destino, sino que se extendió y fructificó en múltiples facetas a lo largo de su vida.

 

La principal, y para él más satisfactoria nos atrevemos a decir, la que pretende glosarse en estas breves líneas de recuerdo, fue la defensa de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local y de su Organización colegial, y que llevó a cabo desde la Presidencia del Consejo General, al frente de unas Juntas de Gobierno muy comprometidas, que unieron la experiencia de la veteranía con el afán de trabajo de la juventud, y que acompañaron su ingente labor siempre desde la prudencia y con el consenso como guía, logrando la transición, la modernización del Consejo General, su adaptación a la nueva realidad política y social en que habría de desenvolverse el ejercicio de las funciones reservadas.

 

En aquel momento, muy reciente la reforma que incluyó en la normativa reguladora de la Escala la libre designación y de los baremos específicos, pendiente de resolución la impugnación ante el Tribunal Constitucional de las leyes que la procuraron y que no se resolvió sino hasta el año 2000, se habría de iniciar el combate contra sus efectos siempre perversos que más de 25 años después, aún persisten en mayor o menor grado.

 

Un combate contra el “cliché demagógico que enfrenta la idea de autonomía local con la objetividad en el nombramiento del funcionario” frente al que “hay que responder, con rotundidad y sin ambages, que autonomía y objetividad no están reñidas en absoluto”, tal y como expresó en la entrevista que concedió a nuestra Revista en 1996, posición que ha mantenido el colectivo desde entonces y que ha expresado siempre en sus Asambleas.

 

La V Asamblea Plenaria de la Escala celebrada en Zaragoza en noviembre de 1997, que presidió, supuso, por su amplia participación, compromiso y calidad de sus debates, un acicate para la Escala y para su Organización colegial, y una puesta en valor de la misma frente a la sociedad para enfrentar una nueva situación que unía a la antedicha reforma la injusta situación de los Secretarios-Interventores cuya integración en el Grupo hoy A1, se logró en 2003, tras intensas negociaciones y superando no pocas incomprensiones del poder político.

 

En el ámbito colegial, su labor en la presidencia se encaminó a sustentar, --frente a muchas voces que, desde muchos ámbitos, incluido el interno, que consideraban a la Organización Colegial un anacronismo--, su condición de institución imprescindible, por su defensa de una profesión y como servicio a la ciudadanía en la medida que tutela el ejercicio de unas funciones, que también lo son, y que agrupa a los más cualificados profesionales de lo local.

 

Los defensores del “anacronismo” vieron su posición truncada con la aprobación en 2000 de unos nuevos Estatutos Generales de la Organización Colegial, anteriores a los ahora vigentes, que vinieron a relevar a los de 1991 que regían “de facto”, que no “de iure”, y a los “de iure” que sí regían recogidos en una resolución ministerial rango menor de 1978; adaptándose de este modo, por primera vez, nuestra normativa colegial a la normativa constitucional, y sobre todo aprobándose y sancionándose posteriormente por la Administración del Estado como consecuencia de un proceso democrático interno y no como resultado de la adición de las distintas regulaciones del alcance de las funciones del colectivo.

 

Sería una omisión imperdonable no mencionar su magisterio, su condición de referente técnico para muchos compañeros y compañeras. Sus manuales en materia presupuestaria, hacienda o ingresos públicos locales así lo avalan, y continuarán haciéndolo, pues ya son clásicos, como lo demuestran las reediciones que de ellos se efectúan con regularidad. Nos consta que mantuvo hasta casi el final esta actividad de apoyo y asesoramiento a todo profesional de lo local que lo solicitara. Su calidad humana, su tesón y talante, solo podían concebir tal actitud.

 

Esta semblanza no puede concluir sin mencionar la labor que más nos atañe y por la que queremos dejar mayor constancia de nuestra gratitud: la modernización de la Revista de Estudios Locales. En 1996 comenzó la segunda etapa de la Revista en la que ahora nos encontramos, fruto del acierto en el diagnóstico de la situación y de la valentía en la adopción de soluciones que su Presidencia adoptó con el apoyo de sus Juntas de Gobierno, que actuaron como profesionales más allá del ámbito que les correspondía para crear un producto editorial atractivo, en constante renovación, mejorando la parca distribución que entonces existía.

 

Todo ello con único fin, que realmente sirviera para lo que la Revista fue concebida: unir al colectivo y darlo a conocer. Los resultados avalaron el éxito en un tiempo donde nada hacía presagiar la revolución tecnológica en la que ahora nos hallamos.

 

Por todo ello, desde la Organización Colegial y la Revista de Estudios Locales CUNAL lamentamos la pérdida de Jesús María González Pueyo y trasladamos nuestras condolencias a familiares y amigos.



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martes, 3 de noviembre de 2020

GALICIA: Convocatoria del curso de transparencia administrativa y acceso a la información pública

RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2020 de la Escuela Gallega de Administración Pública por la que se convoca un curso de transparencia administrativa y acceso a la información pública (DOG 3/11/2020)

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Fiestas laborales para el año 2021

Resolución de 28 de octubre de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2021 (BOE 2/11/2020)

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Oferta de empleo público para el año 2020

Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2020 (BOE 29/10/2020).

En el Anexo IV se recogen las plazas de funcionarios con habilitación de carácter nacional. 

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El Tribunal Supremo establece que la reinversión de la venta de un inmueble en otra vivienda habitual mediante hipoteca también da derecho a la exención del IRPF

El Supremo ha establecido en una sentencia el criterio interpretativo de que “para aplicar la exención en el IRPF por reinversión en vivienda habitual no resulta preciso emplear en su totalidad el dinero obtenido de la venta de la anterior vivienda siendo suficiente con aplicar para el mismo fin dinero tomado a préstamo de un tercero, ya sea directamente o bien como consecuencia de la subrogación en un préstamo previamente contratado por el transmitente del inmueble”.

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