Se desestima el recurso interpuesto contra la sentencia que anuló el cese del actor, funcionario de carrera de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, en comisión de servicios que fue prorrogándose anualmente durante cinco años, dándose la circunstancia de que al mismo tiempo de su cese se nombraba a otro funcionario en comisión de servicios para el mismo puesto.
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