viernes, 4 de octubre de 2013

La información errónea de la Administración sobre la forma del cómputo del plazo para el ejercicio de la acción de despido no puede perjudicar a los administrados

El Ayuntamiento de Navas de San Juan interpone recurso de casación para la unificación de doctrina contra la sentencia de suplicación que dejó sin efecto la excepción de caducidad apreciada en instancia, y declaró la improcedencia del despido del trabajador demandante, con las consecuencias legales inherentes a ello.



via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://laadministracionaldia.inap.es/noticia.asp?id=1118705

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