jueves, 27 de febrero de 2014

Las instalaciones existentes y en funcionamiento con mucha anterioridad a la existencia del RAMINP, necesitan autorización medioambiental integrada y de apertura para la actividad, pero no la obtención de la evaluación de impacto ambiental

Se confirma la Orden Foral de Navarra por la que se concedió autorización medioambiental integrada y de apertura para la actividad de fabricación de cementos. Declara el TS que, no estando en presencia de una nueva instalación o implantación de una fábrica, sino ante la conversión de las autorizaciones de las que es titular una instalación existente y en funcionamiento, con mucha anterioridad a la existencia del RAMINP y en funcionamiento en la actualidad desde hace más de cien años, con todas las autorizaciones y permisos correspondientes, no puede ser de aplicación disposiciones ulteriores encaminadas a reforzar las exigencias en punto a la primera instalación o implantación de una nueva empresa.



via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://ift.tt/1mEXFou

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