jueves, 22 de mayo de 2014

Requisitos que han de concurrir para inadmitir o denegar el asilo solicitado en puestos fronterizos

Se impugnan las resoluciones denegatorias del asilo solicitado por ciudadanos colombianos en el puesto fronterizo del aeropuerto Madrid-Barajas. Declara el TS que según el art. 21.2 de la Ley de Asilo, aplicado por la Administración, ésta podrá denegar el asilo mediante resolución motivada cuando el solicitante formule alegaciones incoherentes, contradictorias, inverosímiles, insuficientes o que contradigan información suficientemente contrastada sobre su país de origen, o de residencia habitual si fuere apátrida, de manera que pongan claramente de manifiesto que su solicitud es infundada.



via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://ift.tt/1jXioQd

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