jueves, 9 de julio de 2015

No procede indemnizar a una Cooperativa de Viviendas que tuvo que volver a comprar unos terrenos adquiridos en subasta como consecuencia de la donación efectuada a terceros por el Ministerio de Defensa posteriormente anulada

Confirma el TS la sentencia recurrida por la Cooperativa de Viviendas recurrente que denegó su solicitud de responsabilidad patrimonial. La actora fundó su pretensión indemnizatoria en los supuestos daños causados como consecuencia de la resolución de la transmisión de un terreno por el Ministerio de Defensa a dicha parte, debido a la revocación de la donación por la que ese Ministerio había adquirido la propiedad y la imperiosa necesidad de volver a adquirir la finca de quienes resultaron sus nuevos propietarios, atribuyendo la actora al funcionamiento de la Administración el carácter de anormal, ya que ignoró que la donación no había sido simple, sino modal, procediendo a la desafectación y ulterior enajenación.

via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://ift.tt/1D2CDqR

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