martes, 4 de noviembre de 2014

Se ajusta a derecho la exclusión de los sindicatos de la percepción de subvenciones para actuaciones de interés social con cargo a la asignación tributaria del IRPF

Se confirma el RD 536/2013, que establece las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a la realización de programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del IRPF en el ámbito de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, norma que no contempla como beneficiarios a los sindicatos recurrentes. Señala el TS que el hecho de que en ejercicios anteriores los demandantes hubieren sido beneficiarios de las ayudas reguladas en el RD impugnado, ello no implica que sean titulares de un derecho adquirido a mantener tal condición.



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