Se recurre en casación la sentencia que desestimó el recurso contencioso formulado por la actora contra la Resolución de la Secretaría para la Administración Pública, por la que se publicó la relación definitiva de aprobados y se ofertaron vacantes a los aspirantes seleccionados en las pruebas selectivas de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, Especialidad Administradores Generales, y que excluía a la recurrente de la lista de aprobados en las pruebas selectivas. El TS reconoce que la Administración actuó de forma discriminatoria en la calificación del concurso pues favoreció a quienes tenían la condición de interinos, a quienes valoró su trabajo previo en la Junta de Andalucía, frente a quienes, como la recurrente, tenían la condición de laborales a los que no valoró su experiencia previa como Titulada Superior, contratada en régimen laboral en la Junta. En consecuencia, se estima el recurso y se anula la Resolución controvertida para reconocer a la actora 37 puntos adicionales por el mérito examinado, de modo que si con la puntuación total obtenida supera al último aspirante aprobado en el procedimiento selectivo, tendrá derecho a ser nombrada funcionaria de carrera, con los efectos administrativos y económicos correspondientes.
via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://laadministracionaldia.inap.es/noticia.asp?id=1501873
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