miércoles, 8 de enero de 2014

Reforma de la Ley de Tráfico: La Policía Municipal podrá multar sin necesidad de parar al vehículo


Nueva excepción a la norma general.


La reforma de la Ley de Tráfico avalará una práctica anulada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en la capital.


«Un regalo de Reyes del Gobierno de Mariano Rajoy a la alcaldesa Ana Botella». Así califican en la asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA) la modificación de la Ley de Tráfico que permitirá que los policías municipales puedan sancionar en diferido: es decir, anotar la matrícula de quien comete una infracción y enviarle después la multa a casa.


Los antecedentes del asunto se sitúan en la Ordenanza de Movilidad que aprobó el Ayuntamiento de Madrid en 2010. En ella se contemplaba precisamente esta excepción a la norma general de notificar las denuncias de forma presencial cuando el agente de turno «carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo» que realiza alguna maniobra irregular.


La AEA recurrió la normativa municipal, por considerarla «un sistema indiscriminado de recaudación encubierta», y en 2012 el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) declaró nulas las alrededor de 600.000 multas que se habían puesto hasta ese momento porque la medida no estaba sustentada por una norma superior. El equipo de Ana Botella decidió entonces pedir amparo ante el Supremo, pero antes de que éste haya tenido tiempo de pronunciarse la reforma de la Ley de Tráfico ha legalizado la situación, tal y como adelantó este martes la Cadena Ser.


Así, a las tres excepciones a la generalidad de que las denuncias deben notificarse en el acto (que haya riesgo para la circulación si se detiene el vehículo, que éste se encuentre estacionado o que quien las detecte sea un dispositivo de captación de imágenes), se añade ahora un cuarto supuesto: «Que el agente denunciante se encuentre realizando labores de regulación del tráfico y carezca de medios para proceder al seguimiento» del infractor. O, lo que es lo mismo, lo que decía casi literalmente la Ordenanza de Movilidad de Madrid.


Cobertura legal


«Estamos totalmente indignados. Así, de tapadillo, se ha querido dar cobertura legal a una ilegalidad fragrante en Madrid», asegura Mario Arnaldo, presidente de la AEA. Según sus cálculos, el número de multas que ha puesto la Policía Municipal sin detener al conductor desde 2010 podría ascender a 800.000, ya que se sigue sancionando con este mecanismo incluso después de la sentencia del TSJM.


Arnaldo sostiene que «no se trata de proteger al infractor», pero que la posibilidad de que los agentes puedan multar anotando sin más las matrículas «deja al ciudadano en una situación de absoluta indefensión», ya que se «elimina la mínima garantía de que una persona pueda reunir pruebas a su favor».


Además, en la organización automovilística consideran que el hecho de que no se comuniquen las sanciones en el acto hace que éstas «pierdan el carácter de ejemplaridad» y sean «un mero sistema de recaudación». «Si lo que quieren es que los policías puedan meter mano en la cartera de la gente y sacarle el dinero que lo digan claramente y dejen de disfrazar la realidad», apunta su presidente.


La reforma de la Ley de Tráfico en vigor fue aprobada a mediados de diciembre en el Congreso y ahora está a la espera de recibir el visto bueno en el Senado. La AEA hablará con todos los grupos de la Cámara Alta para tratar de evitar que con ella se dé vía libre a una práctica sancionara que, según sus datos, de momento solo se lleva a cabo en Madrid.


El Ayuntamiento de la capital dice que está a la espera de que se apruebe definitivamente la norma para sacar su nueva Ordenanza de Movilidad.


Fuente: El Mundo







via Actualidad http://www.revistacunal.com/actualidad/1890-reforma-de-la-ley-de-trafico-la-policia-municipal-podra-multar-sin-necesidad-de-parar-al-vehiculo

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