El TSJ declara no haber lugar al recurso interpuesto contra la denegación de permiso de residencia y trabajo para empleada del hogar por cuenta ajena. Afirma que, en contra de lo manifestado por la parte recurrente, el hecho de que la extranjera contara con una autorización como trabajadora transfronteriza, no determina, sin más, la concesión del permiso solicitado, pues el Reglamento de Extranjería sólo prevé que será tenido en cuenta en la valoración de la solicitud. Concluye, que ha de confirmase la resolución impugnada, porque el motivo de la denegación fue que el puesto ofertado no quedaba incluido en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura, y porque el ofertante del trabajo no acreditó la dificultad de cobertura de dicho puesto.
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