martes, 21 de junio de 2016

Cuando la Administración genera en el obligado tributaria la creencia de que cabe interponer reclamación económico-administrativa la misma ha de ser admitida

El TSJ declara haber lugar al recurso interpuesto contra la resolución que acordó no admitir la reclamación económico-administrativa presentada frente a la estimación parcial de la solicitud de devolución de ingresos indebidos, al entender el órgano económico-administrativo que la reclamación se promovía contra un acto no susceptible de reclamación ante los órganos económico-administrativos de la Administración del Estado, de cuyo conocimiento quedaban excluidos los actos de gestión y recaudación del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://ift.tt/28KFVYg

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