viernes, 1 de abril de 2016

Una vez finalizado el periodo de cumplimiento de la obligación impuesta para el disfrute de una subvención, el plazo de comprobación sobre la misma empieza a correr en beneficio de la empresa receptora de la subvención

Procede la estimación del recurso interpuesto por la mercantil actora y se anula el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, que declaró el incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los incentivos regionales, con modificación de la cuantía de la subvención concedida, y la obligación de devolución al Tesoro de parte de la misma.

via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://ift.tt/1VXMXg1

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