miércoles, 2 de diciembre de 2015

Jornada Observatorio Contratación. Madrid, 2 de diciembre de 2015

Presentación de las modificaciones que se abordarán:

— Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Nuevo régimen de la clasificación y solvencia en la contratación pública.

— La Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social. Modifica la Disposición adicional quinta del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre relativa a los Contratos reservados.

— Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía. Modifica el artículo 75.1 del TRLCSP, referido a la acreditación de la solvencia económica y financiera del empresario.

— Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.

— La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, modifica a través de su disposición final novena, total o parcialmente, ocho artículos del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo TRLCSP), e introduce en su texto tres nuevos artículos, una nueva disposición adicional, y una nueva disposición transitoria. La modificaciones más destacables de esta ley son:

-Prohibiciones de contratar. Se modifican los artículos 60, y 61 TRLCSP, introduciendo además un nuevo —artículo 61 bis—, y una nueva disposición transitoria —décima—

-Contratos de concesión de obra pública. Se modifican total o parcialmente los artículos 150, 254, 256, 261, 271, 288 TRLCSP. Se añaden además dos nuevos artículos —271 bis y 271 ter—

-Oficina Nacional de Evaluación. Se crea este organismo, agregando para ello al TRLCSP una nueva disposición adicional trigésimo sexta.

En la imagen, Jesús Colás Tenas. Director Observatorio de Contratación Cositalnetwork.

Programa completo aquí



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