viernes, 4 de diciembre de 2015

El TC determina la aplicación preferente de la normativa europea cuando ya ha sido interpretada por el Tribunal de Justicia de Luxemburgo

El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de amparo presentado por un profesor interino al que la Comunidad de Madrid denegó el derecho a percibir el pago de los “sexenios” por no ser funcionario de carrera. El Tribunal anula la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que confirmó el acuerdo del Gobierno madrileño, por entender que vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión (art. 24.1 CE). Ha sido ponente de la resolución el Magistrado Ricardo Enríquez.

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