viernes, 19 de diciembre de 2014

La competencia exclusiva del Estado en materia de legislación sobre expropiación forzosa impide la aplicación de leyes autonómicas que no se ajusten a las pautas de valoración del suelo contenidas en la norma estatal

Se recurre la sentencia que ratificó el acuerdo de la Comisión Valorativa sobre justiprecio de la finca expropiada para la ejecución de una Unidad de Actuación del PGOU de Málaga, en cuanto dicha Comisión consideró el suelo objeto de expropiación como urbano no consolidado en aplicación de la Ley autonómica 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, pero no así que se estuviera al método residual para hallar el valor de repercusión, al considerar que debía atenderse a las ponencias de valores.



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