La Sala acuerda desestimar el recurso interpuesto contra la sentencia de la AN que declaró no haber lugar a la demanda de conflicto colectivo relativo al derecho al incremento salarial en los términos pactados en el Acuerdo colectivo de revisión salarial entre la empresa demandada y la representación de los trabajadores; el fallo recurrido se basó en que la demandada estaba incluida en el sector público por lo que eran aplicables las limitaciones retributivas incorporadas por la Ley 2/2012, de 29 de junio, de PGE.
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