viernes, 17 de mayo de 2019

La base imponible del ITPO en la adquisición de participaciones sociales está constituida por el porcentaje total de participación que se pasa a disfrutar en el momento en que se adquiere el control de la sociedad

La Sala estima el recurso interpuesto por la Letrada de la Comunidad de Madrid y declara la conformidad a derecho de la liquidación girada por el ITP y AJD, modalidad transmisiones patrimoniales onerosas, como consecuencia de la adquisición de participaciones sociales de una entidad.

via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://bit.ly/2HoAm52

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