La Sala declara no haber lugar al recurso interpuesto por el cauce de protección de derechos fundamentales, contra la ausencia de respuesta de la solicitud presentada ante el Ministerio de Hacienda, en ejercicio del derecho de petición, en la que se recababa determinada información tributaria -número de contribuyentes acogidos a la amnistía fiscal de 2012 y daños padecido por el Estado por ingresos dejados de obtener-.
via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://bit.ly/2USeTp0
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