martes, 14 de febrero de 2017

Los Ayuntamientos no pueden gravar la emisión de ondas radioeléctricas de las empresas explotadoras de telefonía móvil que transitan por el vuelo del municipio

Confirma la Sala la nulidad del art. 2 b) de la Ordenanza Reguladora de la Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local a favor de las empresas explotadoras de servicios de Telecomunicaciones que utilizan el dominio público para prestación de los mismos, del Ayuntamiento de San Cebrián de Castro.

via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://ift.tt/2lFEqnZ

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