Estima parcialmente el recurso de la Junta de Extremadura contra la ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local
El Tribunal Constitucional ha anulado varios preceptos de la Ley de la reforma de la Administración local al considerar que invaden competencias de las Comunidades Autónomas, y por no respetar en un caso la obligación de regular la materia por ley orgánica.
El tribunal ha estimado parcialmente el recurso del Parlamento de Extremadura contra la reforma local. Se trata del primero de los numerosos recursos interpuestos contra la reforma legal. Así, según informa Efe, han recurrido 3.000 ayuntamientos, la oposición, los gobiernos autonómicos de Andalucía, Cataluña y Canarias, por el Consejo de Gobierno de Asturias, y por los parlamentos de Extremadura, Cataluña, Andalucía y Navarra.
Entre los puntos anulados se encuentra el que impedía que los ayuntamientos asumieran competencias en servicios sociales y sanidad, algo que en la práctica era muy habitual. La norma también establecía el procedimiento para la devolución de estos servicios de los entes locales a las comunidades. El TC explica que ambas materias son competencia de las comunidades autónomas, por lo que el Estado no puede entrar a regularlas. Por ese motivo, la ley recurrida invadió competencias de las autonomías, que serán las que puedan ahora decir si los ayuntamientos tienen derecho o no a desarrollar ese tipo de servicios.
Fuente El Mundo
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