Son tres las competencias constitucionales que inciden en la regulación del contrato de servicios de comunicaciones electrónicas: telecomunicaciones, bases de las obligaciones contractuales y protección de consumidores y usuarios. Su inmersión en los tres títulos descritos, hace que nos preguntemos a quién le corresponde legislar en materia de contratación de los servicios de comunicaciones electrónicas y, en consecuencia, si el Estado se ha extralimitado en sus competencias con la regulación actual de este contrato. A ambas preguntas intentaremos dar respuesta en este trabajo.
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