viernes, 15 de noviembre de 2013

Concedido el aplazamiento/fraccionamiento de la deuda tributaria, no puede imponerse el recargo de apremio si el contribuyente no recibe, a la fecha de vencimiento, la correspondiente carta de pago

La AN estima la impugnación deducida por la entidad recurrente contra la Resolución del TEAC que declaró la conformidad a derecho de distintas providencias de apremio.



via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://laadministracionaldia.inap.es/noticia.asp?id=1120412

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Burgos.es /Diputación