viernes, 31 de enero de 2020

La AEPD aprueba su Código ético, incluido en su plan de sostenibilidad

 

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha aprobado su Código Ético, en el que recoge las normas internas de conducta, valores y principios que deben regir la actuación de los empleados y directivos de esta institución. Con la aprobación de este texto la Agencia da cumplimiento a uno de los compromisos asumidos en el Marco de Actuación de Responsabilidad Social y Sostenibilidad 2019-2024, aprobado en marzo de 2019.

El Marco de Actuación de Responsabilidad Social de la AEPD recoge en su segundo eje una sólida apuesta por impulsar una política de cumplimiento (compliance) basada en valores como la transparencia, el buen gobierno, la integridad o la rendición de cuentas, que incluye entre otras medidas la aprobación de este código ético y de conducta.

Esta iniciativa forma parte de un conjunto de actuaciones orientadas a reforzar la posición institucional de la AEPD y la confianza de los ciudadanos, entre las que se recogen la regulación de los sistemas de información de denuncias internas incluidos en la Ley 3/2018, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. Así, la AEPD ya ha puesto en marcha un canal interno para atender consultas y denuncias, que pueden hacerse de forma anónima, sobre conductas contrarias al código.

El Código Ético aprobado por la Agencia recoge asimismo prescripciones relativas al uso de los bienes y recursos por parte de los altos cargos de la Agencia, estableciendo la necesidad de observar una especial austeridad en sus gastos de representación, vinculando exclusivamente la utilización de recursos públicos con el ejercicio de las actividades y funciones públicas.

Por otra parte, el texto dispone que, con carácter general, el personal de la Agencia no acudirá en representación de la AEPD a cursos, conferencias, jornadas o eventos similares organizados por empresas o asociaciones empresariales, salvo que en dicha asistencia haya un interés público, en cuyo caso el personal que participe no podrá percibir retribución económica alguna. Los altos cargos de la Agencia no podrán, en ningún caso, recibir una compensación económica adicional por intervenir en cualquier evento, público o privado. 

Entre otras actuaciones, el Código Ético también contempla medidas para favorecer un entorno de trabajo libre de acoso e intimidación, activando las actuaciones previstas en los protocolos aprobados por la AEPD para hacer frente a situaciones de acoso laboral y sexual o por razón de sexo.

Asimismo, incluye un conjunto de normas de conducta orientadas a evitar situaciones de conflicto de interés, tales como abstenerse de utilizar el cargo para agilizar o entorpecer procedimientos o para nombrar personal con quien pueda haber un conflicto de interés familiar y, en general, para desarrollar cualquier actividad ajena a las responsabilidades de la Agencia de modo que pueda interferir o resultar contraria a los intereses públicos.

 

Marco de responsabilidad social

El Marco de Actuación de Responsabilidad Social y Sostenibilidad de la AEPD, alineado con la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible y elaborado en colaboración con el Pacto Mundial de Naciones Unidas, estructura el compromiso de este organismo en cuatro grandes ejes: Sociedad; Buen Gobierno, Transparencia y rendición de cuentas; Medioambiente y Empleados. 

Para llevar a cabo las responsabilidades asumidas, se han identificado más de 100 acciones: un 70% responde a compromisos con la sociedad, especialmente en temas de prevención para una protección más eficaz de las personas, de igualdad de género y de innovación y emprendimiento; un 13% son compromisos internos con los empleados, un 10% con el respeto al medioambiente y un 7% están relacionadas con el buen gobierno, la transparencia y la rendición de cuentas.

 



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