martes, 5 de junio de 2018

El TC avala que solo los estatutos pueden quitar, limitar o repartir la potestad reglamentaria en las Comunidades Autónomas

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha sentenciado que sólo los estatutos pueden quitar, limitar o repartir la potestad reglamentaria en las comunidades autónomas. Por ello, incurre en inconstitucionalidad la previsión de que sólo excepcionalmente las consejerías queden habilitadas para adoptar normas reglamentarias.

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