miércoles, 9 de mayo de 2018

Aprecia el TS responsabilidad patrimonial del Estado legislador al existir un daño económico derivado de la aplicación de una norma estatal contraria al derecho de la Unión Europea

Declara la Sala haber lugar al recurso interpuesto contra el acuerdo del Consejo de Ministros que denegó la indemnización solicitada por la actora -no residente en España-, por responsabilidad patrimonial del Estado legislador, y condena a la Administración demandada a que abone la diferencia entre la cuota autoliquidada por el Impuesto de Sucesiones y la que resultaría por aplicación de la normativa de la Comunidad de Madrid vigente en el momento del devengo del impuesto.

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