Es objeto de recurso de casación para la unificación de doctrina la sentencia que confirmó la adjudicación de contrato de transporte de viajeros, argumentando la validez del derecho de preferencia en atención a la experiencia en el transporte en general, y ello desde la perspectiva de la no impugnación por la entidad actora del Pliego de cláusulas administrativas en el que se contemplaba la aplicación de ese derecho.
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