Procede la estimación del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia que confirmó la sanción impuesta a la mercantil actora por la comisión de una infracción en materia de residuos. Aprecia la Sala la prescripción de la sanción, y ello en aplicación del art. 132 de la Ley 30/1992, conforme al cual, el plazo de dos años establecido en el mismo comenzará a contarse desde el día siguiente a aquél en que adquiera firmeza la resolución sancionadora.
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