El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad ha sentenciado que una ley autonómica pueda imponer a sus diputaciones provinciales que aborden ciertas actuaciones en materia de servicios sociales cumpliendo determinadas condiciones. Así se desprende de la sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado Cándido Conde-Pumpido Tourón, que ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad presentado por más de 50 diputados del PP contra varios preceptos de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de servicios sociales inclusivos de la Comunidad Valenciana.
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