viernes, 12 de julio de 2019

El TS establece cuándo es posible discutir el valor catastral de un inmueble con ocasión de la impugnación de la liquidación girada por el IBI

El TS resuelve si, con ocasión de liquidaciones del IBI y para obtener su anulación, el sujeto pasivo puede discutir la calificación -y la consiguiente valoración- catastral de su inmueble, cuando no lo hizo -o haciéndolo dejó que alcanzara firmeza- al tiempo en el que le fue notificado individualmente el valor catastral del inmueble sujeto a tributación por dicho impuesto.

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