miércoles, 19 de junio de 2019

Suscitada la duda sobre la eventual contradicción de una norma nacional con el derecho de la UE, el Tribunal está obligado a motivar las razones por las que no aprecia la contradicción y no es necesario plantear cuestión prejudicial

El TS fija doctrina jurisprudencial y establece que cuando en un litigio se plantea una duda sobre la eventual contradicción de una norma nacional con el derecho de la UE, el Tribunal, aun cuando no sea la última instancia, está obligado a motivar las razones por las que no aprecia contradicción entre la norma nacional y la comunitaria invocada y por la que no considera necesario el planteamiento de una cuestión prejudicial al entender aplicable la doctrina del acto claro o del acto aclarado.

via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://bit.ly/2WY5wtz

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