viernes, 1 de febrero de 2019

Se anula la sanción impuesta por el Ayuntamiento de Valencia en materia de ruidos, al haber sido declarado nulo de pleno derecho el precepto aplicado por no respetar el principio de legalidad sancionadora

Declara la Sala no haber lugar al recurso formulado por el Ayuntamiento de Valencia contra la sentencia que anuló la sanción impuesta, por infracción, entre otros, del art. 65.2 p) de la Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica de 2008, al haber sido anulado dicho precepto con anterioridad y ser la infracción y sanción aplicación del mismo.

via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://bit.ly/2Bhgz3Z

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