Declara la Sala haber lugar al recurso interpuesto por una profesora titular de Universidad de Economía y Contabilidad de la Universidad de Extremadura, y anula la resolución de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, que valoró negativamente el sexenio solicitado por la actora de su actividad investigadora en el Campo de Ciencias Económicas y Empresariales -Economía Financiera y Contabilidad-, y ello atendiendo al medio en que se publicaron las aportaciones presentadas.
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