viernes, 31 de agosto de 2018

Resulta discriminatorio que los funcionarios docentes interinos no universitarios no perciban las retribuciones correspondientes a las vacaciones de verano como los funcionarios de carrera

Se presenta recurso contra los números 1 y 2 del apartado Segundo del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia de 24 de febrero de 2012, por el que se establecen medidas en materia de Personal Docente, y que disponen la suspensión de los derechos retributivos de los docentes no universitarios en régimen de interinidad durante los meses de julio de agosto, y que la duración de su nombramiento se ajustará al tiempo que duren las circunstancias que dieron lugar al mismo, cesando el 30 de junio de cada año.

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