La Sala desestima el recurso interpuesto contra el acuerdo de la Comisión de Selección del art. 305 de la LOPJ que excluyó del proceso selectivo a la Carrera Judicial a la recurrente, en virtud del voto de calidad del presidente de la Comisión.
via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://ift.tt/2IpBh3z
No hay comentarios:
Publicar un comentario