martes, 13 de marzo de 2018

El TS avala el conocido como “impuesto al sol” cuando un autoconsumidor, además de consumir la energía generada por él, dispone del respaldo del sistema eléctrico para consumir electricidad en cualquier momento que lo necesite

No ha lugar al recurso interpuesto contra el RD 900/2015, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo.

via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://ift.tt/2FwtD9L

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Burgos.es /Diputación