jueves, 21 de diciembre de 2017

El TS fija como doctrina legal que la Administración puede sancionar la utilización de cláusulas abusivas en los contratos de consumidores y usuarios sin necesidad de previa declaración judicial

Estima la Sala el recurso de casación en interés de la Ley al apreciar que la sentencia impugnada, que anuló las sanciones impuestas por infracción de la Ley 13/2003, de Defensa de Consumidores y Usuarios de Andalucía, es gravemente dañosa para el interés general.

via INAP - La Administración al Día - Jurisprudencia http://ift.tt/2Dkdm30

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