jueves, 26 de octubre de 2017

El TS establece un nuevo criterio en cuanto a la indemnización que procede en los casos de extinción de los contratos del personal laboral indefinido no fijo, cuando la misma se produce por cobertura reglamentaria de la plaza

La cuestión que se plantea en el presente recurso es la relativa a la cuantía indemnizatoria que procede en caso de finalización del contrato de un trabajador, personal laboral indefinido no fijo, por la cobertura reglamentaria de su plaza, es decir, si se acude al parámetro de 8 días por año de servicio o al de 20 días.

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