El TS estima el recurso interpuesto por “Repsol Butano” y reconoce su derecho a ser indemnizada por la Administración demandada en concepto de daños y perjuicios, como consecuencia de declararse ilegal la Orden que estableció, para el primer trimestre de 2011, el precio máximo de venta de los gases licuados de petróleo envasado, en envases de capacidad igual o superior a 8 kg., excluidos los envases de mezclar para usos de los gases licuados del petróleo como carburante -GLP envasado-.
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