El TS, con desestimación del recurso interpuesto por la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, confirma la resolución del Ministerio de Hacienda que denegó su petición de que se incluyera en la declaración del IRPF una casilla para que los contribuyentes que lo deseasen pudieran optar por destinar el 0,7% de su cuota a la Iglesia Protestante o Evangélica, tal y como está dispuesto para la Iglesia Católica.
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