Se confirma la sentencia que no apreció vulneración del derecho fundamental a la intimidad ni a la protección de datos de carácter personal, en el requerimiento de información dirigido por la AEAT al colegio en el que estudiaba los actores, sobre las facturas de su padre relativas a la escolarización, transporte, comedor y cualquier actividad extraescolar que hubieran realizado, así como los medios de pago usados.
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