La Sala declara haber lugar al recurso interpuesto y afirma que ha existido vulneración de la garantía de indemnidad de un trabajador que suscribió diversos contratos temporales como profesor de cantaor flamenco, en el Conservatorio de Danza de la Comunidad de Madrid, con cobertura formal de carácter administrativo, y con respecto a cuyas extinciones recayeron sentencias firmes de despido improcedente, previa declaración de laboralidad de la relación.
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